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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #281233  por CAROLINA DOCTOROVICH
 
Consulta: Si a un empleado se le aplica una suspensión disciplinaria (2 días) con fundamento en reiteradas inasistencias injustificadas (en el transcurso de 1 mes 6 inasistencias aisaldas). Y el empleado impugna las mismas invocando enfermedad inculpable (nunca avisó ni presentó certificados) puede darse por despedido si el empleador las ratifica, o solo le queda la posibilidad de reclamar judicialmente el cobro de los días?. Pregunto porque leyendo el art. 220 LCT entiendo que solo amerita el despido indirecto cuando el apercibimiento se excede de los plazos previstos en la ley. La doctrina a la que recurro no me deja muy claro el tema. Gracias
 #281235  por KELY40
 
Caro... en este caso es importante saber el legajo del trabajador... si es un trabajador conflictivo o tiene un mal legajo... y ante esta situación de falta injustificadas ( se lo intimo a retomar tareas?) si se cumplió con la intimación y no acredita las faltas más si tiene un legajo malo tenes motivos suficientes para despedirlo con causa.- Saludos
 #281272  por CAROLINA DOCTOROVICH
 
Gracias por responder: En realidad el empleado tiene antecedentes con otras sanciones y en este caso como falto en el mes 5 veces sin justificar asistencias, (las insasistencias fueron aisladas, quiero decir no fueron los 5 dias corridos sino en distintas fechas) en la última falta se le aplicó una suspensión de 2 días. El tema es que él impugnó mediante telegrama, aduciendo que sus inasistencias fueron con causa (enfermedad) cosa que nunca acredito. Yo acabo de ratificar la sanción, pero quería saber si ante mi ratificación el puede darse por despedido.
 #281656  por Parri
 
Hola! intimaste a que justifique sus ausencias y no lo hizo? si es asi coincido con kely estaria justificado el despido. Si queres "cubrirte" más, yo mandaria una intimacion para que justifique ausencias bajo apercibimiento de resolver el contrato de trabajo por su exclusiva culpa y mandaria una segunda intimacion notificandolo de esto (todo ello si queres estar super cubierto) saludos
 #282204  por DAL
 
Carolina, la sanción que impusiste por dos días por 5 o 6 ausencias sin justificación es totalmente proporcionada.
El trabajador tiene derecho a reclamar judicialmente el pago de los dos días pero estimo que no tiene derecho a darse por despedido. Puede hacerlo, obvio, pero estimo que no tendrá derecho a cobrar las indemnizaciones ya que el poder disciplinario del empleador esta ejercido de un modo prudencial.
Tenes acreditado que faltó, porque lo reconoce. El tiene que acreditar que avisó y que sus ausencias se debieron a enfermedad.
Muy posiblemente no pueda hacerlo, por lo que no le corresponderá indemnización alguna.
Asi que quedate tranquila, pero no le pierdan pisada.
Si querés hablá con la ART y hacele uno de los examenes medicos periodicos que habla la ley, la ART normalmente no los hace pero intentá que se lo hagan . . . . de modo de poder ver si hay alguna patología cronica por ahí.
Caso contrario luego este examen te servirá de prueba para acreditar que no tenía enfermedad que le impida prestar servicios.

Saludos.