Buenas, tengo una duda sobre el decreto reglamentario 150/96 sobre telegrama ley.
Dice que el gratuito solo se puede enviar en caso de renuncia desde una oficina de correo del codigo postal de donde se prestan servicios...
O sea que si yo trabajo en capital y estoy veraneando en Mar del Plata no podria usar el telegrama ley para renunciar y deberia enviar desde Mardel uno Simple, o Carta documento??????
Gracias a todos!!!!
Dice que el gratuito solo se puede enviar en caso de renuncia desde una oficina de correo del codigo postal de donde se prestan servicios...
O sea que si yo trabajo en capital y estoy veraneando en Mar del Plata no podria usar el telegrama ley para renunciar y deberia enviar desde Mardel uno Simple, o Carta documento??????
Gracias a todos!!!!
Si naciera de nuevo me llamaría Alexis Nexis