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  • apelacion +prision preventiva+pcia bs as

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 #304584  por ROBOT1941
 
necesito que me orienten como debo apelar la prision preventiva dictada con errores a mis defendidos, que se los acusa de homicidio. no fueron detenidos en el lugar, por un identikit los detuvieron a los 40 dìas y el mismo no tiene nada de parecido con ellos. hay algun modelo para apelar. apelo la prision preventiva y pido una excarcelacion extraordinaria. donde se presente la apelacion...se pone asì...apelo prision preventiva....?
 #304605  por N A T A L I A
 
ROBOT1941 escribió:necesito que me orienten como debo apelar la prision preventiva dictada con errores a mis defendidos, que se los acusa de homicidio. no fueron detenidos en el lugar, por un identikit los detuvieron a los 40 dìas y el mismo no tiene nada de parecido con ellos. hay algun modelo para apelar. apelo la prision preventiva y pido una excarcelacion extraordinaria. donde se presente la apelacion...se pone
asì...apelo prision preventiva....?
A ver...
El escrito se titulo apelo prisión, apela presión preventiva o como quieras o se te ocurra mientras contenga una indicación de qué es lo que estás haciendo.
Solamente tenés que apelar la PP. No pedir una excarcelación extraordinaria.
El escrito lo presentas ante quien dicto la resolución que pretendes impugnar.
Lèete los Art. 439 a 447 del CPPBA que te va a ser de utilidad.

Saludos!
 #320536  por andrux81
 
Buenas, querías consultarles cual es el plazo que tiene la cámara para resolver una apelación de prision preventiva. (Cámara de Lomas de Zamora).
Muchas Gracias!!
 #321148  por poorlaw
 
andrux81 escribió:Buenas, querías consultarles cual es el plazo que tiene la cámara para resolver una apelación de prision preventiva. (Cámara de Lomas de Zamora).
Muchas Gracias!!
Según el Código Procesal, 5 días (art. 447, remite al 108). Si se optó por informar oralmente, el plazo se cuenta desde la audiencia.

Según la práctica, no lo sé, pero dicen que en Lomas todo se hace eterno, en todos los fueros :|

Saludos.
 #321197  por Moniluj
 
Hablás de "errores"... pensaste en una nulidad? Digamos que si el auto de procesamiento es nulo, el dictado (accesorio) de la PP lo será también.