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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #310088  por Claudiab7718
 
Hola foristas, tengo en marzo mi primer audiencia en una causa de alimentos ( yo voy por la parte demandada), recien me llegó la demanda y la documental, mi duda es que es audiencia preliminar, me llega la demanda, hasta ahí todo bien, pero no se me notifica de traslado de demanda, por lo tanto no debo contestar ( será porque es etapa previa, pcia bs as), solo se notifica de las audiencias, ese día debo llevar hecha la contestación por si fracasa la audiencia???, o que presento, por lo pronto llevaré las pruebas pertinentes para lograr una adecuada defensa.
Pero necesito de la opinión de ustedes: también pensé en llamar a la otra letrada y lograr un acuerdo para ser presentado en la audiencia!!!, no realizar convenio y después pedir la homologación de firma, porque ya se hizo y no dió resultado!!!
Gracias, me encantaria que alguien me comente como se manejan dentro de una audiencia, yo solo estuve pocas veces ycon otro letrad al lado!!, ahora iré yo sola con mi cliente, y no se como me manejaré ese día!!!, nerviosa seguro!!!!!!!!!
Gracias Claudia
 #310109  por amdg
 
PRIMERO LEE BIEN EL DESPACHO DE LA AUDIENCIA O TRASLADO, NO SEA COSA QUE EN LA CEDULA FIGURE UNA COSA Y EN EL DESPACHO OTRA, CONSULTA EN EL TRIBUNAL A VER QUE TE DICEN AL RESPECTO, EN LA AUDIENCIA Y CON EL CONSEJERO SE VA A DEFINIR LA CUOTA ALIMENTARIA, LLEVA UNA PROPUESTA Y RECORDA QUE EN PROV, SE MANEJA EL 15% DE INGRESOS DEL ALIMENTANTE POR HIJO, LO DE HABLAR CON EL OTRO LETRADO ES BUENA IDEA Y HASTA PUEDEN LLEGAR CON UN ACUERDO PARA HOMOLOGARLO.
DE ACUERDO AL TRIB. PRIMERO INGRESAN LOS LETRADOS Y LUEGO ESTOS CON LAS PARTES, ES LO MAS COMUN
 #310110  por diegogvillamayor
 
hola, si estas dentro de la etapa pevia no se poque te notificaron la demanda, debe ser un error, fijate que dice el despacho y si lo firma la consejera de flia, es la etapa previa. Si estas en etapa judicial debes contestar la demanda en la audiencia.
En la audiencia no hace falta que lleves nada es a los fines concialiatorios. Pero si queres llevar lleva.
Vos decis q ya hay acuerdo de alimentos???????????? esta homologado? llevala ese acuerdo y si te conviene presentalo y hacelo valer.
Lo ideal es que hales con el otro abogado a ver cual es su pretencion y lleguen a un acuerdo.
La forma de manejarte es como cualquier negociacion, anda con lo que puede pagar tu cliente y trata de sacar eso. Pero sobre todo mantene a tu cliente callado, que no se saque y entre a hablar pavadas, como siempre hacen. Que solo hable cuando la consejera le pida a el explicitamente que responda algo.

saludos.
 #310138  por Claudiab7718
 
Hola Diego está firmada la resolución de la citación por el juez, no por la consejera, tenés razón por lo tanto está en etapa judicial, y ahor ame quedó claro deberé llevar la cosntestación ese día!!!, gracias
 #310182  por diegogvillamayor
 
fijate porque el que odena la notificacion es el juez pero en base al pedido de la audiencia que hace la consejera.
Si el despacho nada dice sobre traslado de demanda no es etapa judicial igual.
Si es etapa previa la cedula debe tener trascripto un art que ahora no recuerdo cual es q habla sobre la chance de arreglar en la etapa previa.
Y sino lo mas simple anda al expediente y fijate bien.

saludos.
 #310231  por amdg
 
REFRENDO Y REITERO FIJATE EL EXPEDIENTE, EL ART. A TRANSCRIBIR ES EL 828
 #310393  por ggg
 
hola, mira q algunos juzgados no abren etapa previa en dda alimentos, dan traslado de la dda y aunque en la practica siempre se trata de conciliar (la audiencia la toma el consejero) sino hay acuerdo es ese el momento de contestar la dda, ofrecer prueba (sino perdes el dcho)por lo menos esto ocurre en el 1 de flia de Quilmes....besos