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  • joven de 20 años no quiere ver al padre

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #323946  por drpasciucco
 
el padre acusa a mi cdliente que le calienta la caberza cosa que no es, el padre inicio la mediacion y veremos, pero la pregunta es la joven quiere presentar un escrito en el expediente de visitas y plantear su negativa la pregunta es 1- le daran bola 2- como es una medida poco usual ya que tiene 20 años quedare expuesto a una sancion por el escrito donde la chica se enfrenta con el padre para negarse a verlo, los fundamentos de la chica son que el padre le miente y andubo y anda con otra mujer
 #325275  por rodolfo603
 
1.- al ser menor de edad, tendrias que tener poder por parte de la madre( que calculo es tu clienta) como representante necesaria y plantear como prueba, la impresion de visu de la menor y que ella, en esa audiencia, diga lo que quiera decir.-
2.- Si presentas un escrito patrocinandola a ella (la menor) o con poder de ella, calculo que te lo van a rebotar por nulo y ahi sí te aplicarían una sanción, por presentación inoficiosa.-
 #325645  por drpasciucco
 
Muchas gracias por la respuesta, tengo dudas si voy por la madre este porder es para representar a la chica, en unos dias tengo la mediacion privada por ese tema (que es mas grave, ya que este hombre llama todos los dias y esta gente hace tres años que estan asi entre las demandas judiciales los llamados y las cartas documentos estan agotadas) asi y todo la chica no lo quiere ver. Que clase de poder ¿ es un poder general de jucio ? o ¿ es un poder de representacion de la chica en este juicio? si me aclaras con mas datos todo lo que me aportes me sirve un montonazo, luego que termie este tema he pensado seriamente hacer la denuncia por acoso, pero vamos por partes no quisiera que todos entren en un camino de enfrentamientos sin sentido. a espera de tu respuesta muchas gracias
 #379998  por DrKikuta
 
Hace poco te envié mis comentarios sobre tu topic de acoso, y me intereso ver que otros tenías sobre el tema, encontré entre otros, esté. Que uniéndolo al recién mencionado me ayudan a comprender esté, pero solo en parte, y a pesar que Familia no es mi especialidad (pero me apasiona), tratare de darte mi punto de vista.
Aconsejo a quien desee hacer algún comentario ó entender este, lea primero el topic sobre acoso (por drpasciucco el Mie Ene 14, 2009 10:39 am) en (viewtopic.php?f=10&t=50358&start=0#p289972#p289972) para comprender porque opino así y no quede fuera de contexto.
Entiendo que hay dos menores involucradas, una tiene buena relación con el padre, se llaman y se ven, la otra tiene 20 años y no le da ni bolilla. Cuantos años tenían cuando sus padres se separaron ? que edad tiene la otra ahora, o son mellizas ? cuanto tiempo hace que no se ven ? porque estas preguntas ? porque habiendo leído acoso y los fundamentos de tu clienta en el, se me hace difícil pensar que tu clienta no le caliente o hubiese ya calentado la cabeza. Ya te han dicho que los chicos son muy influenciables y todos sabemos que hay muchas formas de hacerlo sin que sea directo e inclusive no siendo premeditado: comentarios, frases a medias, conversaciones con terceros, viejos recelos, suspiros, lágrimas, etc, etc y que a su vez, una menor sea más permeable que la otra. Nuevamente los fundamentos me parece que carecen de fuerza y no pongo en duda que la muchacha los crea suficientes y ciertos. Primero: dice que el padre le miente, quizás si, quizás no, pero seguramente ella le mintió varias veces a el, a su madre y a muchos más y no por eso dejaron de hablarle y verle. Segundo: dice que anduvo y anda con otra mujer, quizás si, quizás no, seguramente ella anduvo, anda ó andará en algún momento con un novio, con ó sin consentimiento de sus padres y no por eso dejarán de hablarle y verle. Pero la separación (repito lo dicho en el otro topic), es ó mejor dicho fue entre los padres, esposa y esposo, no con las hijas. A pesar de mi poca experiencia en un caso así de delicado, de familia, entiendo que hay que buscar la solución menos dolorosa para todos, sobre todo para las menores. A eso creo que tendrías que dirigir tu estrategia y tu energía, a que se vean y hablen, a solucionar. A la larga te lo agradeceran. La madre es y seguirá siendo la madre. El padre es y seguirá siendo el padre, y demuestra su buena intención iniciando la mediación para poder comunicarse con su hija y en contestación a ello, incompresiblemente quieren "presentar un escrito para que no la vea". Me da la sensación que tu clienta esta muy exacerbada con su ex y en lugar de buscar soluciones te induce a poner piedras en el camino, no creas todo lo que dicen los clientes, trata de no equivocarte y hacer lo mejor para un buen entendimiento entre los padres y las menores. Nuevamente esto es lo que pienso como profesional y como padre.
 #380019  por chiqui79
 
coincido con el preopinante, a veces los abogados debemos aprender a despojarnos de los comentarios de nuestros clientes para poder ver las cosas mas objetivamente. Coincido que a mi (personalmente) JAMAS se me hubiese ocurrido plantear en forma expresa en un expediente el impedimento del contacto con el padre, a quien tambien le asiste el derecho de ver a su hijo/a.
Tambien nuestra funcion es tratar de resolver algunos problemas, no acrecentarlos (como a veces la gente pretende).
Mi humilde opinion.
 #543403  por DrKikuta
 
Al leer esto el dia de hoy recorde este tema y lo equivocado que esta tantola madre como el abogado patrocinante.
La condenan a 8 meses de cárcel por impedir que el padre vea a su hija
La Justicia rosarina condenó a una madre a ocho meses de prisión en suspenso por encontrarla penalmente responsable del delito de impedimento de contacto de la hija menor de edad con el padre no conviviente.
El fallo del Juez Correccional de Rosario, Juan Carlos Curto, impuso a la mujer denunciada por su ex -pareja, la pena de ocho meses de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso, y al pago de las costas del proceso, señaló la sentencia a la que tuvo acceso Télam.
Para el Juez, Curto, el delito cometido por la mujer "no tiene como víctima al padre que no puede ver al hijo, sino a los mismos hijos".
El juez se basó en la Convención de los Derechos del Niño, ratificada por ley 23.849 e integrada a la constitución nacional en cuanto a que los Estados parte respetarán el derecho del niño de padres separados a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres.
El mismo fallo impone a la madre "como regla de conducta, fijar domicilio por el término de tres años y someterse al cuidado de un patronato".
La causa iniciada por el padre no conviviente en el 2006, cuando la nena en cuestión tenía cinco años, comenzó porque la madre no respeto un régimen de visitas pactado en una sede judicial.
Según las pruebas presentadas por el denunciante y ratificadas por la madre en indagatoria "sin autorización judicial, la progenitora decidió iniciar una nueva vida y se mudó desde Rosario, sin fijar domicilio, a la localidad de San Marcos Sierra en la provincia de Córdoba".
En ese sentido el Juez, considera en los fundamentos del fallo, "que el intento de victimizarse de parte de la imputada no puede tener ninguna acogida".
"Si eligió mal, dos veces, primero en su relación con la pareja y luego al tener descendencia con el mismo, volvió a elegir mal al apartar en la práctica, con su conducta a la niña de su padre", fundamentó el magistrado. (Télam)
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