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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #328464  por Agustina31
 
Estimados colegas se me presenta la siguiente inquietud: tengo una clienta que me vino a ver la cual fue despedida el tema es que enviamos el telegrama de "aclare situacion laboral" a lo q ellos contestaron q estaba despedida y que pase a buscar su liquidacion final; lo que ocurre es q dicha liquidacion es incorrecta ya que el la realizo en base a la registracion (que era de 1mes) la cual es erronea. Mi pregunta es el proximo paso seria intimarlo a la correcta registracion por el art9 de la ley 24013? o solo enviar un telegrama intimando liquidacion por antiguedad meses...+sac+preaviso etc? Desde ya muchas gracias a quien me pueda ayudar!!
 #328489  por walterius
 
Hola! las intimaciones de la 24013 se hacen mientras se encuentre vigente la relación laboral. En cuanto a que le liquidaron mal: Fijate el recibo de haberes qué dice. Si se corresponde con la liquidación que hicieron o no. En el primer caso vas a tener que iniciar demanda por diferencias y probar con testigos y otros medios que tu cliente trabajaba desde la fecha que alega. Por otra parte no me queda claro si la despidieron antes o después del tcl que mandaste. Si la despidieron, no tiene sentido que aclaren situación laboral. Asimismo, Ustedes intimaron antes del despido algún tipo de regularización? slds
 #329133  por Agustina31
 
Hola Walterius nosotros no intimamos a la registracion porque mi clienta me dijo que estaba registrada y no me aclaro que fue registrada despues de tres meses.Debo intimar a que abone la indemnización nuevamente con los rubros que reclamamos o iniciamos acciones, ya que le ofrecio una indemnización pero solo 400 pesos? Desde ya muchas gracias por tu ayuda!!
 #329263  por Motley Crue
 
No podes reclamar por la Ley 24013, ya que solamente opera cuando se intima cuando esta vigente la relación laboral, pero si hubo una incorrecta registración podes aplicar las multas de la Ley 25323 Art 1 y 2.-
Yo iria por la indemnización completa mas estas multas+ Multa del art. 80.-
Es en Capital? Podrias ir pidiendonte un Seclo
Suerte