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  • Seguro de retiro "La Estrella" ¿¿??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #337478  por silvyn
 
Hola estimados colegas, les comento: hoy vino a verme una persona que fue despedida sin causa. La actividad está regida por el convenio 130/75. Se dirigió al sindicato, donde le redactaron el TLC contestando el despido. Entre los reclamos que se plantearon a la empleadora figura el depósito en cuenta bancaria del sueldo "conforme lo establece la Resolución 360/01 del Minist. d Trabajo, Empleo y formación de Recursos Humanos (Art. 1:acredite depósito de los salarios bajo pena de no tenerlos por abonados conforme art.1 ley de prevención a la evasión fiscal)". Ella cobraba en mano. Por otro lado también se reclama el seguro de retiro "La Estrella", arts. 97 CCT 130/75, Res DNRT 4701/91 Y 5883/91. Alguien me podría informar si éstos reclamos prosperan??. Gracias a quien pueda hacerlo. :P
 #337489  por GALA
 
Hola. El Seguro la estrella, existe espara los empleados de comercio. El empleador debe aportar un % del sueldo bruto. Fijate q hay un post con ese tema q esta muy bueno. Suerte!
 #337534  por silvyn
 
Gracias GALA, voy a tratar de encontrar ese post. Saluditos :P
Si alguien puede aportar algo más respecto a si prospera el reclamo, le estaré muy agradecida.
 #338265  por August
 
te lo voy a responder con una experiencia personal, mi novia trabajaba bajo comercio, es decir que el seguro de LA ESTRELLA le correspondia, como es una PIMES y posee pocos trabajadores se hicieron los tontos y nunca le pagaron ese seguro a nadie, de alguna manera mi novia, de manera sutil, les hizo saber de que sabia de la existencia de ese seguro, por lo que al momento de renunciar le fue abonado una suma de dinero muy superior a la que le correspondia, con la condicion que no desparrame la noticia, obviamente ella hizo caso para que den buenas referencias en las futuras empresas que despues llamaron, es decir que SI prospera este tipo de reclamos, tener en cuenta y analizar el recibo de sueldo del cliente para ver si este seguro era aportado