Mi cliente fue suspendido por 15 días por supuesta falta disciplinaria. La misma fue impugnada mediante CD enviada al empleador al día siguiente de haberse notificado de la sanción impuesta, y obviamente el empleador ratificó la sanción. Mi pregunta es la siguiente: ¿cuál es el plazo que tiene mi cliente para reclamar judicialmente el pago de los salarios de suspensión?. No sé si es de dos años, o debe hacerse dentro de los 30 días. Por último: ¿debe recurrirse a conciliación oblig.?. Muchas gracias.
El plazo de 30 días es para impugnar. Para reclamar tenes la prescripción.
SEgun donde estes tendrás o no conciliacion obligatoria, pero no aportas datos sobre esto.