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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #348066  por DraMisiones
 
Estimados: a mi cliente la junta médica ya le determinó la incapacidad definitiva y permanente por accidente laboral. Cual esel trámite a seguir con la ART??? como deberán anonar esa indemnizacion?

Muchas Gracias :mrgreen:
 #348322  por DraMisiones
 
Me olvide de comentar que mi cliente ya inició ( con otros colegas ) demanda por accidente de trabajo ante un juzgado laboral. Agradezco respuesta :mrgreen:
 #348340  por MORGAN
 
Cuando decís junta, te referís a Comisión médica? o la incapacidad la determinó la ART u otra?
 #351136  por abogadacordobesa
 
El tema ART no es mi fuerte pero entiendo que si la Comision medica le notificó el dictamen definitivo, la persona no lo apeló, ahora a los 15 dias habiles le va a llegar una carta documento donde le notifican monto de la prestacion dineraria y fecha de pago. Esperar otras opiniones. Gracias.
 #351174  por MORGAN
 
Sí, son 15 días hábiles desde que la ART recibe el dictámen de la Comisión. Pero acá dice que se inició juicio por el accidente, si demandaron la ART no creo que le pague ahora.
 #351438  por turiddu
 
Estimada DraMisiones:

A consecuencia de lo resuelto por la C.S.J.N. in re "Cachambi c/ Ingenio Río Grande" y su similar "Llosco c/ Irmi", y sin perjuicio de las particularidades del caso concreto, no existiría - en principio - óbice alguno respecto a la procedencia del cobro de la indemnización tarifada (L.R.T.) y el inicio de juicio posterior al empleador por la diferencia existente entre el daño causado y la reparación obtenida.-

Cualquier duda, a tus órdenes. Un fraternal abrazo, Turiddu .´.
 #352458  por DraMisiones
 
Y en lo que se refiere a la renta vitalicia??? le enviaron una carta documento para que elija que empresa de seguros de retiros quiere que le abone la misma. Lo que yo creo es que esta renta es complementaria de la indemnizacion, pero no estoy segura. Muchas gracias :mrgreen:
 #353181  por Jusito
 
SI, LE TIENEN Q NOTIFICAR LA FECHA DE PAGO.-
CREO Q SE PAGA EN LA CUENTA Q LE ABRIO LA EMPLEADORA C.B.U. CREO.-