En el primer despacho de una medida cautelar debo notificar por cedula de la intimacion intimacion a la demandante (del principal que es por alimentos) para que cumpla el regimen de visitas. ¿Puedo notificarla en el domicilio que fijo en el juicio principal o si o si debo hacerlo en su domcilio real? (me surge la duda porque la cautelar va por separado como la intimacion se decreto inaudita parte aun no se presento en este nuevo expedeinte)
La otra duda es si los oficios para que los Juzgados de Paz vecinos a donde tramitan el expediente le reciban declaracion a los testigos ofrecidos los firma el juez o los pudo firmar yo? GRACIAS
La otra duda es si los oficios para que los Juzgados de Paz vecinos a donde tramitan el expediente le reciban declaracion a los testigos ofrecidos los firma el juez o los pudo firmar yo? GRACIAS