tengo una duda, bueno un monton, pero en este post solo voy a decir una:
del fallo llosco se desprende que el actor no tenia una opcion para reclamar por la via civil o la de la LRT, como que una excluye a la otra, sino que ambas son integrativa y bien puede ejercerse una sin abdicar por ello el reclamo por la otra via, entonces podes reclamar a la ART dentro del limite del seguro y por las prestaciones de la LRT e independiente se puede reclamar al empleador responsabilizandolo bajo las normas del derecho civil, hasta ahi todo bien.
lo que no me queda claro es que en todos los fallos que vi siempre o se demanda a la ART o se demanda al empleador y en este ultimo caso habiendo o no percibido las prestaciones de la LRT, como que ahora las puede acumular, pero nunca vi un fallo donde se demanda en forma conjunta al empleador y a la ART en la misma demanda e invocando ambas normativas, eso es porque no se admite o porque a nadie se le ocurrio demandar en una misma causa a ambos sujetos?, resulta mucho mas practico llevar a jucio a ambos y en la demanda aclarar que de uno se pide una cosa y del otro se pide otra cosa, entonces invocas ambas normativas con su limite en cuanto a que pedir y a quien, obviamente. el tema es que no se si se puede porque tengo un caso donde tengo que iniciar un daños y perjuicios por accidente de trabajo y hay responsabilidad de ambos, tanto del empleador como de la ART, pero ambos responden por distinta fuente normativa ya que soy de la idea que por regla la ART no responde civilmente salvo que se demuestre culpa o negligencia en el control de los medios de seguridad que la empresa esta obligada a cumplir, y ademas tiene que haber nexo causal entre esa negligencia con el daño sufrido por el trabajador.
pero como hubo un accidente de trabajo mi idea es demandar a la ART solo hasta el limite de su responsabilidad, y en forma conjunta demandar al empleador pero no independientemente en otra causa sino en el mismo expediente por daño civil, y ahi invocar daño moral, etc.
el tema es que no se si esta permitido ya que nunca vi una demanda asi ni vi fallos.
alguien sabe?
del fallo llosco se desprende que el actor no tenia una opcion para reclamar por la via civil o la de la LRT, como que una excluye a la otra, sino que ambas son integrativa y bien puede ejercerse una sin abdicar por ello el reclamo por la otra via, entonces podes reclamar a la ART dentro del limite del seguro y por las prestaciones de la LRT e independiente se puede reclamar al empleador responsabilizandolo bajo las normas del derecho civil, hasta ahi todo bien.
lo que no me queda claro es que en todos los fallos que vi siempre o se demanda a la ART o se demanda al empleador y en este ultimo caso habiendo o no percibido las prestaciones de la LRT, como que ahora las puede acumular, pero nunca vi un fallo donde se demanda en forma conjunta al empleador y a la ART en la misma demanda e invocando ambas normativas, eso es porque no se admite o porque a nadie se le ocurrio demandar en una misma causa a ambos sujetos?, resulta mucho mas practico llevar a jucio a ambos y en la demanda aclarar que de uno se pide una cosa y del otro se pide otra cosa, entonces invocas ambas normativas con su limite en cuanto a que pedir y a quien, obviamente. el tema es que no se si se puede porque tengo un caso donde tengo que iniciar un daños y perjuicios por accidente de trabajo y hay responsabilidad de ambos, tanto del empleador como de la ART, pero ambos responden por distinta fuente normativa ya que soy de la idea que por regla la ART no responde civilmente salvo que se demuestre culpa o negligencia en el control de los medios de seguridad que la empresa esta obligada a cumplir, y ademas tiene que haber nexo causal entre esa negligencia con el daño sufrido por el trabajador.
pero como hubo un accidente de trabajo mi idea es demandar a la ART solo hasta el limite de su responsabilidad, y en forma conjunta demandar al empleador pero no independientemente en otra causa sino en el mismo expediente por daño civil, y ahi invocar daño moral, etc.
el tema es que no se si esta permitido ya que nunca vi una demanda asi ni vi fallos.
alguien sabe?