Hola a todos. La clasificación antes referida, procede sólo cuando hay trabajos en beneficio común de todos los herederos y otros de beneficio particular, no ? ( de ahí lo de " clasificar ", o sea, separarlos ). Pero qué pasa cuando todos los trabajos del letrado fueron sólo en beneficio del cliente al que patrocina ? También el escrito se denomina " Clasificación ", o simplemente se solicitan los honorarios, manifestando aquéllo ?. Por último : es necesario ( o simplemente beneficioso para el abogado ? ), mencionar uno por uno los escritos presentados, aunque sean de mero trámite ? El diligenciamiento de cédulas también se incluye ? Y , ya que estamos, la yapa : Si en una sucesión se realizaron trabajos sólo en beneficio de un tercero ( o sea, no declarado heredero ahí. Si no se imaginan el supuesto, después lo explico ), cómo se solicita ? Gracias y un abrazo a todos.