BUENAS NOCHES!
Si inicio juicio ejecutivo, y el juez tiene por admitida la vía, puedo luego elegir inciar juicio de conocimiento?
La opción por el juicio de conocimiento es anterior a la interposición de la demanda ejecutiva o también puede ser posteriror a su admisibilidad? Siempre teniendo en cuenta que no se perjudicque esa interrupción de la prescripción ocasionada por la primer demandA...
QUE LES DICEN SUS CONOCIMIENTOS?
Si inicio juicio ejecutivo, y el juez tiene por admitida la vía, puedo luego elegir inciar juicio de conocimiento?
La opción por el juicio de conocimiento es anterior a la interposición de la demanda ejecutiva o también puede ser posteriror a su admisibilidad? Siempre teniendo en cuenta que no se perjudicque esa interrupción de la prescripción ocasionada por la primer demandA...
QUE LES DICEN SUS CONOCIMIENTOS?