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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #422866  por liabaires
 
en intercambio telegrafico, el actor se dio por despedido en el mes de julio de 2007. Asiste a audiencia en Ministerio de trabajo en dic 2007. Esta perdida la posibilidad de iniciar la accion judicial? gracias.
 #422868  por kavi
 
no todavia no transcurrieron los 2 años.
 #422930  por Catita_1
 
Si bien ya transcurrio dos años, hay que ver el tema de la suspension de plazo, por iniciar reclamo administrativo, creo es de 6 meses, no estoy segura.
 #424835  por kavi
 
si catita tiene razon me exprese mal y apurada jaaja :lol: pensando en la interrupcion por actuaciones administrativas no importa que en lo administrativo lo resolvistes en 2 meses la jurisp. doctrina, se pusieron de acuerdo en que es por 6 meses.Art. 257 LCT., la unica diferencia es por accidentes y enfermedades profesionales que hay que tener cuidado porque no prescribe en si a los 2 años sino que el art. te dice a contar desde la determinacion de la incapacidad o el fallecimiento de la victima Ej. pasaron 2 años se dictamino la incapacidad. suerte