Este es el primer despacho y me gustaria saber como continuar:
- Por presentado, parte y domicilio procesal constituído.-Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto por los arts.521 y 529 del CPCC, líbrese mandamiento de ejecución y embargo contra el demandado por la suma de CUATRO : MIL ( $ 4.000 )en concepto de capital, con más la de IGUAL MONEDA OCHOCIENTOS ( $ 1000 ) que se presupuesta prima facie para responder a intereses, costos y costas de esta ejecución.-La intimación de pago importará la citación para oponer excepciones dentro del plazo de ·5···días bajo apercibimiento de mandarse llevar la ejecución adelante (art.540 del CPCC);. el emplazamiento para la constitución en ese plazo de domicilio procesal dentro del perímetro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se les tengan por notificadas en la forma y oportunidad fijadas en el art.133 del código citado;y el requerimiento para que manifiesten si los bienes se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso, Juzgado ,Secretaría y carátula del expediente donde se ordenó; y en los otros, nombre y domicilio de los acreedores y monto del credito.
1) Cual seria en siguiente paso?, me plantea que debo librar "mandamiento de ejecucion y embargo" es lo mismo que el mandamiento de intimacion de pago y citacion de remate?
Alguien tiene algun modelo de acuerdo a lo que exactamente me solicitan.-
2) En los jucios ejecutivos se hace traslado de demanda o solamente se libra mandamiento?
- Por presentado, parte y domicilio procesal constituído.-Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto por los arts.521 y 529 del CPCC, líbrese mandamiento de ejecución y embargo contra el demandado por la suma de CUATRO : MIL ( $ 4.000 )en concepto de capital, con más la de IGUAL MONEDA OCHOCIENTOS ( $ 1000 ) que se presupuesta prima facie para responder a intereses, costos y costas de esta ejecución.-La intimación de pago importará la citación para oponer excepciones dentro del plazo de ·5···días bajo apercibimiento de mandarse llevar la ejecución adelante (art.540 del CPCC);. el emplazamiento para la constitución en ese plazo de domicilio procesal dentro del perímetro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se les tengan por notificadas en la forma y oportunidad fijadas en el art.133 del código citado;y el requerimiento para que manifiesten si los bienes se encuentran embargados o afectados por prenda u otro gravamen; y en su caso, Juzgado ,Secretaría y carátula del expediente donde se ordenó; y en los otros, nombre y domicilio de los acreedores y monto del credito.
1) Cual seria en siguiente paso?, me plantea que debo librar "mandamiento de ejecucion y embargo" es lo mismo que el mandamiento de intimacion de pago y citacion de remate?
Alguien tiene algun modelo de acuerdo a lo que exactamente me solicitan.-
2) En los jucios ejecutivos se hace traslado de demanda o solamente se libra mandamiento?