mi clienta fue citada por la consejera ya que el padre de su hija solicitaba visitas, en la audiencia se firmo convenio por visitas y alimentos, como el padre no cumplia el acuerdo solicitamos la homologacion en el mismo expediente, para embargar el sueldo. En la sentencia se homologa el convenio y dice "imponer costas al accionado en virtud de la naturaleza de la accion" lo que me da a entender que las costas las debe pagar mi clienta ya que ella fue la accionada en el expediente que dio origen no ? si no paga no puede pedir el embargo del sueldo no?
Gracias
Gracias