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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #443820  por natalia79
 
Hola si es posible que alguién me oriente, tengo una colega que es empleada permanente del HCD su función es la de asesora y secretaria, y desde el 2007 en que asumió el nuevo intendente se rehúsa a abonarle 1-Compensación Jerárquica; 2.-Adicional no Remunerativo; 3.-Aumentos otorgados por el D.E.M en idénticos montos a los abonados al resto del Personal Municipal (Concepto 501 para Personal Planta Permanente del D.E.M y Concepto 502 para la Secretaria Ejecutiva del H.C.D); 4.-Aumento no remunerativo del 10% otorgado al Personal Municipal con retroactividad al mes de Julio/06, Concepto 509.... teniendo la colega una resolución de HCD que es de carácter imperativo donde se dispone el pago de los rubros antes mencionados con efecto retroactivo, y manda al ejecutivo municipal a cumplir dicha resolución.-
A la fecha no ha cumplido, se ha formulado la denuncia penal por retención indebiba pero el juez penal no quiere hacer algo y manda a que se lo demande en sede laboral, la pregunta es procedería en este caso un juicio ejecutivo laboral, atento a que ella cuenta con resolución del HCD que ordena el pago, o inició un laboral común, esto es, un proceso laboral de conocimiento? Agradecería que alguien me guiara.- gracias
 #443905  por JoMarch
 
Hola Natalia79
No tengo experiencia en ejecución de créditos laborales.
Pero si me interesa el tema de denuncia penal por retención indebida, ya que tengo este caso: a la trabajadora le depositan mensualemente su sueldo por cajero, por ejemplo 1500. Pero en su recibo le figura un descuento en concepto Anticipo de haberes de 500. Anticipo que obviamente nunca le adelantaron ni pidió. Es decir ella debería percibir 2000 y le pagan 1500 con ese descuento. Esto todo los meses.
Hay allí base para una denuncia penal?
Mucho agradecería tu opinión
 #443932  por Amorina
 
Si tiene una resolución del HCD que resuelve su caso y ordena al intendente pagar, podrías pensar en una medida autosatisfactiva.
 #446129  por natalia79
 
Todo monto que no percibe, y que no tenga una causal que justifique el descuento y/o no pago, configura una retención indebida.- La figura del C.P es clara, y la denuncia en mi opinión debería prosperar, previa citación a la parte que retiene y que fundamente eventulamente los motivos que lo llevaron a no depositarle el monto que falta o que le estaría descontando sin autorización o causa alguna.-
Son cuestiones que por lo menos en mi provinvia a los jueces penales no les gusta tocar porque generlamente están acostumbrados que el fuero penal procede sólo cuando hay sangre, y que causalmente los delitos no necesariamente deben ser hechos de sangre.- Así como lo relatás yo te diría que formules la denuncia en fiscalía, no sé si allá tienen parte querellante, acá en Misones no, sólo existe la figura del Actor Civil, y el denunciante no es parte en nuestro procedimiento penal, lo que hace que se complique mucho al denunciante, ya que, sino hay acción del fiscal no tenemos proceso, o sea quedamos en manos de los fiscales.-
Relaté los hechos, ofrecé medidas probatorias, y que lo citen a la persona que eventualmente estará reteniendo indebidamente esos $500 mensuales.-