Esta es mi inquietud:
Sentencia dictada por juez correccional (lesiones culposas) en el ámbito de la justicia penal bonaerense. La apela (recurso de apelacion) la defensa y confirma la condena la cámara de garantias del departamento judicial.
Y ahora? Porque según la reforma de la casación bonaerense de febrero de 2008, el recurso de casación respecto de las sentencias correccionales lo trata la cámara de garantías del propio departamento judicial.
Si hago un recurso de casación lo va a tratar la misma cámara? Hmmm ... no me gusta ese panorama.
Hago un extraordinario y voy directo a la SCJB sin pasar por Casación? Y si se plantea que no agoté la vía recursiva?
Cuantos interrogantes !!!
A ver a quién se le ocurre algo!!!!!
Sentencia dictada por juez correccional (lesiones culposas) en el ámbito de la justicia penal bonaerense. La apela (recurso de apelacion) la defensa y confirma la condena la cámara de garantias del departamento judicial.
Y ahora? Porque según la reforma de la casación bonaerense de febrero de 2008, el recurso de casación respecto de las sentencias correccionales lo trata la cámara de garantías del propio departamento judicial.
Si hago un recurso de casación lo va a tratar la misma cámara? Hmmm ... no me gusta ese panorama.
Hago un extraordinario y voy directo a la SCJB sin pasar por Casación? Y si se plantea que no agoté la vía recursiva?
Cuantos interrogantes !!!
A ver a quién se le ocurre algo!!!!!