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  • NOTIFICACION A UN DETENIDO EN UN JUICIO CIVIL

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 #463059  por ANITABAKER2009
 
ESTIMADOS COLEGAS ME ENCUENTRO CON EL SIGUIENTE PROBLEMA, TENGO QUE INICIAR UN JUICIO CIVIL DE PRIVACION DE PATRIA POTESTAD CONTRA UN SEÑOR QUE SE ENCUENTRA DETENIDO POR TENTATIVA DE HOMICIDIO, NO ESTA CONDENADO, MI DUDA ES SI PUEDE UN DETENIDO ESTAR EN JUICIO CIVIL, COMO LO NOTIFICO Y A DONDE LO NOTIFICO??? SI FIJAN AUDIENCIAS EL DETENIDO PODRA CONCURRIR???. GRACIAS.
 #463483  por poorlaw
 
Hola,

Es solo una opinión.

Para mí se aplica el art. 95 del CC. Si el domicilio anterior "no subsistiere por desintegración de los elementos constitutivos del mismo"*, entonces habría que acudir a la solución del inc. 5 del art. 90 CC, es decir, el prisionero tendría, a título de domicilio legal "el lugar de residencia actual", es decir, el lugar donde se encuentre en prisión preventiva.

*: lo plagié de Llambías.

Saludos.
 #463489  por Master
 
Ah, bueno, Poor..! Menos mal que lo aclaraste..
Si esa frase llegaba a ser tuya, te retiraba el saludo..

:lol:
 #463590  por poorlaw
 
Master escribió:Ah, bueno, Poor..! Menos mal que lo aclaraste..
Si esa frase llegaba a ser tuya, te retiraba el saludo..

:lol:
:lol:

También le robé "mi" opinión expuesta :oops:

Lo que escribí lo leí en el tomo I de parte general de Llambías, se refiere a los condenados, pero creí que también se podría aplicar a los que sufren preventiva.

Saludos!