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  • ACCION DE RECONOCIEMIENTO DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #468193  por petaloazul
 
Estimados, soy nueva en el tema y ando buscando un modelo de demanda de la referencia, el caso es que mi cliente se entero que la chica con la que estuvo saliendo estaba embarazada, el se comunico con ella y le pregunto si esto era verdad y ella lo nego, al tiempo ella se comunico con su " suegra" y le dijo que estaba embarazada poco antes de dar a luz. Mi cliente quiere reconocer a su hija, previo examen de ADN y esta chica se niega, x eso quiero iniciar demanda.
Me tiran consejos? POr favor gracias!!!!!!!!
 #468208  por viko
 
si tu cliente esta SEGURO que el bebe es de el, que lo reconozca espontaneamente cuando nazca. en el reg. civil.-
si no está tan seguro, que cuando el bebe nazca ( o ahora, lo dejo a tu criterio) mande una carta documento, intimando aclarar la situacion, y eventualmente someterse a un ADN de forma voluntaria. De esta forma te cubris por un daños y perjuicios por no querer reconocer, el dia de mañana.
saludos
 #468239  por petaloazul
 
gracias Viko. Te comento que la menor ya nacio hace tres meses, me olvide de citarlo en el msje anterior. Otra cosa, el titulo de la demanda seria ACCION DE RECONOCIEMIENTO DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL? Xq me canse de buscar en internet un caso similar y no encuentro nada, x lo gral es al reves. Otra cosa, cual seria la competencia, el domicilio de la demandada? (madre)
Saludos
 #468385  por doctorcitaLP
 
BUSCA ACCION DE FILIACION , ASI VAS A PODER LEER, UN POQUITO-
la accion se encuadra, en " RECLAMACION DE ESTADO " La acción de reclamación del estado de hijo es la que tiene una persona para obtener que se declare judicialmente que determinado individuo es su padre o su madre.
Nuestra legislación admite sin limitaciones la indagación de la paternidad y de la maternidad. ACORDATE QUE LA MATERNIDAD NO SE PRESUME..
En la actualidad con la vigencia de la ley 23.264 ya no existen estas limitaciones y la acción puede ejercerse aunque el padre haya muerto y también contra la mujer casada.
Cualquier medio de prueba es admisible, así lo dice el art. 253 del código civil: “en las acciones de filiación se admitirán toda clases de pruebas, incluso las biológicas…” ES IMPORTANTE POR MI EXPERIENCIA, QUE POR MAS QUE PADRE LO QUIERA RECONOCER SE REALICE LA PRUEBA DE ADN, CIERRA TODO TIPO DE PUERTAS A REPROCHES, O ..DUDAS EN UN FUTURO.
el art. 257 expresa que “El concubinato de la madre con el presunto padre durante la época de la concepción hará presumir su paternidad, salvo prueba en contrario”
ADEMAS si en juicio reconoce su paternidad sin ADN pone fin a éste, pues constituye por sí sola un reconocimiento de hijo voluntario. Es decir...se allana y reconocer la pretension del actor!!

BUENO, CUALQUIER COSA, A TU DISPOSICION , POR UN TEMA PERSONAL ESTOY CANCHERA CON EL TEMA!
 #468506  por viko
 
No necesitas ninguna accion ( a menos que ya conste en registro una filiacion paterna diferente)
directamente, que tu cliente se presente en el registro civil correspondiente, a reconocer al menor, con dni en mano.
 #468916  por petaloazul
 
chicos muchas gracias por la data!!!
doctorcita una pregunta: en la accion de reclamacion de estado, la legitimacion activa, no la tienen la madre y el hijo? de ser asi, como podria entonces encuadrar al padre en esta accion, se entiende? Nuavamente muchas gracias
 #1110498  por estudiodramesino
 
Hola tengo un cliente que quiere reconocer a su hijo que solo esta reconocido por la madre elproblema es que mi cliente esta detenido por una condena penal y su hijo fue inscripto en la provincia de Formosa y mi cliente se encuentra en Chubut, puede hacer un documento privado y que sea firmado ante escribano publico y con eso y fotocopia de documento enviarlo al Registro -civil para que opere el reconocimiento de paternidad??
 #1110530  por Tiburcio
 
Si. Puede también hacer un poder a alguien (vgr. un gestor de Formosa).