Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda vence el 1/2, y estoy como loca!!!!!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #492536  por daniestevez
 
Hola colegas: la verdad ultimamente no hacen otra cosa que plantearme excepciones. En el fuero laboral no tengo mucha expriencia, por eso lespido que me ayuden....la demandada me opone excepcion de prescripcion...
el tema es asi:
mi cliente inicia su actividad en el 13/1/04
y renuncia el 30/11/07. Nunca le entregaron los certificad que prevee el art. 80.(es por eso que queria hacer juicio)
el 23/5/08 envia TCL intimando al pago de hs extras y certificados de rem y servicios.
30/5/08 contesta la demandada negando y diciendo que se le entrego certif.
3/6/08 lo rechazo y reitero certificados.
11/07/08 tenemos la primera audiencia conciliatoria.
23/12/08, inicio demanda laboral.
Si bien yo reclame hs extras desde el 2004, se que solo puedo reclamar los dos ultimos años.
ahora bien la demandada me opone la excp de prescripcion aduciendo que a marzo 2009 ( fecha en que la demandada dice que inicie la demanda que es incorrecto, la mitad de los periodos reclamados se encuentran precriptos).
ahora bien, el plazo no se cuenta desde que mi cliente intima a la actora? y ademas el hecho de haber tenido una conciliacion no se le suman 6 meses mas???
si alguien me da una manito me vendria mas que bien.... :D
 #492578  por dhabogada
 
Hola, el inicio de la conciliacion te suspende por un máximo de 6 meses la prescripción, o el término menor que utilices para llevarla a cabo.
 #492838  por daniestevez
 
Tengo entendido como decis vos, que a partir del 2007, el tiene dos años para iniciar un juicio, y que puede reclamar 2005/2007 verdad?.
el hecho de haber tenido una mediacion me da 6 meses mas para contar la prescripcion o estoy sacando mal las cuentas....
 #492844  por cfg
 
Por el 3.986 último párrafo (C.C.) la TCL suspendió el curso por 1 año. Y por el art. 257 LCT las actuaciones Administrativas INTERRUMPEN la prescripción por un plazo de 6 meses como máximo, es decir que desde ahí comienza de nuevo el cómputo de 2 años.
 #492865  por cfg
 
Es decir el 30/11/07 renunció es decir que podía reclamar 2 años para atrá. Recién en mayo/08 reclamó por TCL, es decir que suspendió por un año (desde mayo/2006 pues lo otro iba prescribiendo), ocn las actuaciones administrativas interrumpió prescripción por 6 meses y dentro de ese plazo inició la demanda que interrumpió de manera definitiva, es decir -que para mi- no prescribió desde mayo de 2006 lo anterior estaría prescripto.
 #492874  por daniestevez
 
uuuuuuuuuuuu genial, no estaba tannnnnnnnn perdida cfg, igual me parece que me voy a enfocar mucho mas en que la demandada manfiesta que la accion esta prescripta, y si bien mi clinete como vos decis podria reclamar 2006/07, lo dejare a criterio del juez, si puede reclamar 2005/07, o solo 2006/07, porque fue recien en 2006 que lo intimo...
estuve leyendo algunas cosas en el foro sobre prescripcion laboral, y las doctrinas que hay, lo digo para que tb se fijen por el buscador, el tema es tambien desarrollado con anterioridad por algunos usuarios experimentados como Dal, etc....
Muchas gracias por su ayuda, sigo buscando jurisp, no encuentro nada preciso, si alguien me tira alguna punta, lo agradecere infinitamente.... :D