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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #40385  por corsan
 
A los 30 días de su ingreso la trabajadora es despedida sin preaviso y luego de notificar su embarazo. ¿qué puede reclamar?. Muchas gracias por responder.

 #40449  por GU
 
Hay jurisprudencia en el sentido que si se acredita que el despido obedece al estado de embarazo en el que se encuentra la actora, corresponde abonar la indemnizacion prevista en el Art. 178 (no así la indemnizacion por antiguedad).

Ello en virtud de que se intenta proteger a la mujer en estado de gravidez, considerando esta circunstancia por sobre la "libertad rupturista" que existe en el periodo de prueba.

Logicamente, tambien corresponde reclamar aquellos rubros emergentes de la finalizacion de la relacion laboral (SAC y vacaciones proporcionales).

Pero es una cuestion de dificil prueba, por lo que una buena opcion, seria negociar una indemnizacion intermedia.

Te copio a continuacion el sumario de un fallo que puede servirte.

Salutes

"Guisado de Jakobs, Paula c. KB Servicios S. A.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala III
05/03/1998

Tratándose de la ruptura de un contrato de trabajo durante el período de prueba, a la dependiente afectada le corresponderá probar que la cesantía constituyó una práctica discriminatoria por estar motivada en su estado de gravidez, mientras que, por el contrario, al empresario le corresponderá demostrar que no discriminó o que ha mediado una razón objetiva no discriminatoria para extinguir el vínculo.

La institución del período de prueba no puede interpretarse como consagratoria de un "bill de indemnidad" a favor del empresario, ni como favorecedora de prácticas discriminatorias socialmente disvaliosas, como el despido generado por el estado de embarazo.

En mérito a lo anterior, corresponde admitir el derecho de la trabajadora al cobro de las indemnizaciones pertinentes toda vez que nuestro sistema positivo consagra el principio general de no discriminación de la mujer gestante (arts. 16, Constitución Nacional; 11 inc. c), Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer; 17 y 81, ley de contrato de trabajo ­DT, 1976­238­; ley 23.592).

Si bien el artículo 92 bis de la ley de contrato de trabajo (DT, 1976­238) establece que cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo durante el período de prueba sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna con motivo de la extinción, se está refiriendo a aquellas reparaciones que tienen como base la aplicación de la estabilidad en el empleo y las que indemnizan los daños que ocasiona la denuncia del contrato sin aviso previo, pero no pueden constituir obstáculo para la aplicación de las previsiones de los arts. 177 y 178 de la ley de contrato de trabajo que procuran evitar la discriminación de la trabajadora con motivo de su estado de gestación."

Salutes

 #40483  por corsan
 
GU, MUCHÍSIMAS GRACIAS! REALMENTE CLARÍSIMO TU APORTE Y YA ME PONGO A TRABAJAR. MUCHAS GRACIAS DE VUELTA!













GU escribió:Hay jurisprudencia en el sentido que si se acredita que el despido obedece al estado de embarazo en el que se encuentra la actora, corresponde abonar la indemnizacion prevista en el Art. 178 (no así la indemnizacion por antiguedad).

Ello en virtud de que se intenta proteger a la mujer en estado de gravidez, considerando esta circunstancia por sobre la "libertad rupturista" que existe en el periodo de prueba.

Logicamente, tambien corresponde reclamar aquellos rubros emergentes de la finalizacion de la relacion laboral (SAC y vacaciones proporcionales).

Pero es una cuestion de dificil prueba, por lo que una buena opcion, seria negociar una indemnizacion intermedia.

Te copio a continuacion el sumario de un fallo que puede servirte.

Salutes

"Guisado de Jakobs, Paula c. KB Servicios S. A.
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala III
05/03/1998

Tratándose de la ruptura de un contrato de trabajo durante el período de prueba, a la dependiente afectada le corresponderá probar que la cesantía constituyó una práctica discriminatoria por estar motivada en su estado de gravidez, mientras que, por el contrario, al empresario le corresponderá demostrar que no discriminó o que ha mediado una razón objetiva no discriminatoria para extinguir el vínculo.

La institución del período de prueba no puede interpretarse como consagratoria de un "bill de indemnidad" a favor del empresario, ni como favorecedora de prácticas discriminatorias socialmente disvaliosas, como el despido generado por el estado de embarazo.

En mérito a lo anterior, corresponde admitir el derecho de la trabajadora al cobro de las indemnizaciones pertinentes toda vez que nuestro sistema positivo consagra el principio general de no discriminación de la mujer gestante (arts. 16, Constitución Nacional; 11 inc. c), Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer; 17 y 81, ley de contrato de trabajo ­DT, 1976­238­; ley 23.592).

Si bien el artículo 92 bis de la ley de contrato de trabajo (DT, 1976­238) establece que cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo durante el período de prueba sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna con motivo de la extinción, se está refiriendo a aquellas reparaciones que tienen como base la aplicación de la estabilidad en el empleo y las que indemnizan los daños que ocasiona la denuncia del contrato sin aviso previo, pero no pueden constituir obstáculo para la aplicación de las previsiones de los arts. 177 y 178 de la ley de contrato de trabajo que procuran evitar la discriminación de la trabajadora con motivo de su estado de gestación."

Salutes

 #40723  por olmedo357
 
gu muy bueno tu aporte no tenía esa jurisprudencia.
Corsan, estaba bien registrada la persona esta?

 #40740  por Ishtar
 
olmedo357 escribió:gu muy bueno tu aporte no tenía esa jurisprudencia.
Corsan, estaba bien registrada la persona esta?
Hola, muy bueno el aporte de Gu y el de Olmedo.

Es fundamental primero ver si estaba bien registrada, si no lo estaba correría directo a mi modo de ver...


Como aporte agrego que tambien hay jurisprudencia en contra, y autores que opinan que no se aplica la indemnización agrabada durante este período, otros que hay que ver las pruebas (la mujer tendria a su favor y como prueba que notifico el embarazo (espero que lo haya hecho por medio fehaciente), el empleador tendria que probar que no la despidio por ese motivo, pero si el despido fue contemporaneo a la notificacion del embarazo, pordria inferirse que fue por esa causa...)

Hay otra posibilidad que se contempla...es el caso de que la mujer tuviese conocimiento de su estado de embarazo con anterioridad al inicio del período de prueba y no lo denunciara, tal circunstancia debería analizarse desde la óptica de la buena fe...

En síntesis es un cao con jurisprudencia y doctrina controvertidas por lo que deberías plantearle la situación a tu clienta para que decida si la reclaman o no por juicio...si fuera yo la embarazada despedida lo intentaria, salvo que se diera el último caso resaltado en rojo, ahi lo pensaría mas...

 #40762  por corsan
 
olmedo357 escribió:gu muy bueno tu aporte no tenía esa jurisprudencia.
Corsan, estaba bien registrada la persona esta?
Gracias Olmedo! tengo constancia de alta del trabajador de la Afip donde figura como "modalidad de trabajo: período de prueba". Además en el recibo de sueldo uno de los "conceptos" es "A prueba - art. 1 Ley 25250" (que fue derogada en el 2004 - ver 92 bis LCT). De modo que parece bien registrada. De igual modo si inicio juicio pediré que el perito verifique ello. Muchas Gracias!

 #40767  por corsan
 
Ishtar escribió:
olmedo357 escribió:gu muy bueno tu aporte no tenía esa jurisprudencia.
Corsan, estaba bien registrada la persona esta?
Hola, muy bueno el aporte de Gu y el de Olmedo.

Es fundamental primero ver si estaba bien registrada, si no lo estaba correría directo a mi modo de ver...


Como aporte agrego que tambien hay jurisprudencia en contra, y autores que opinan que no se aplica la indemnización agrabada durante este período, otros que hay que ver las pruebas (la mujer tendria a su favor y como prueba que notifico el embarazo (espero que lo haya hecho por medio fehaciente), el empleador tendria que probar que no la despidio por ese motivo, pero si el despido fue contemporaneo a la notificacion del embarazo, pordria inferirse que fue por esa causa...)

Hay otra posibilidad que se contempla...es el caso de que la mujer tuviese conocimiento de su estado de embarazo con anterioridad al inicio del período de prueba y no lo denunciara, tal circunstancia debería analizarse desde la óptica de la buena fe...

En síntesis es un cao con jurisprudencia y doctrina controvertidas por lo que deberías plantearle la situación a tu clienta para que decida si la reclaman o no por juicio...si fuera yo la embarazada despedida lo intentaria, salvo que se diera el último caso resaltado en rojo, ahi lo pensaría mas...



Gracias Ishtar ! te cuento: la mujer el día 21 le "adelantó solo de palabra" a la Jefa que creía que estaba embarazada, el día 24 envía CD notificando embarazo, pero... el día 31 recibe una CD de la empleadora despidiéndola y que había sido emitida el 23 (!). la empleadora estaba obligada a dar preaviso y no lo hizo. la trabajadora dice que se apuraron a despedirla cuando se enteraron del embarazo pero que la CD le llegó después de su notificación. Su embarazo era de 60 días y ella llevaba 35 días trabajando (no sabía de su embarazo al entrar). Muchas gracias de vuelta!

 #40831  por Ishtar
 
Estas seguro que fue emitida el 23??? :cry:

En este tipo de situaciones algunos jueces suelen admitir otras pruebas...

Analicemos:

Si decis que el 21 le comunico de palabra a" la jefa", al decir jefa estas diciendo otra empleada de categoria superior quien a su vez se lo debe haber dicho a la dueña , o la jefa es la dueña que la despidio???
Porque si fuera otra empleada se la podria citar como testigo...a fin de probar que la empleadora tuvo conocimiento antes del dia 23 en que emitio la CD que estaba embarazada....

Otra opcion, cuando (desafortunadamente), la embarazada le dijo a la jefa, o empleadora que estaba embarazada nadie (ningun otro empleado o persona ) estaba presente en ese momento que pudiera atestiguar (ponerla de testigo) que tomaron conocimiento del embarazo antes del 23???

Porque hay jurisprudencia que admite que si se puede probar que si tenian conocimiento del mismo...(por otro medio, que hay que probarlo por cierto) y la despiden...se podría pelear el tema...

Confirmame estas preguntas...a ver que se puede hacer... :roll:

 #40967  por corsan
 
Ishtar escribió:Estas seguro que fue emitida el 23??? :cry:

En este tipo de situaciones algunos jueces suelen admitir otras pruebas...

Analicemos:

Si decis que el 21 le comunico de palabra a" la jefa", al decir jefa estas diciendo otra empleada de categoria superior quien a su vez se lo debe haber dicho a la dueña , o la jefa es la dueña que la despidio???
Porque si fuera otra empleada se la podria citar como testigo...a fin de probar que la empleadora tuvo conocimiento antes del dia 23 en que emitio la CD que estaba embarazada....

Otra opcion, cuando (desafortunadamente), la embarazada le dijo a la jefa, o empleadora que estaba embarazada nadie (ningun otro empleado o persona ) estaba presente en ese momento que pudiera atestiguar (ponerla de testigo) que tomaron conocimiento del embarazo antes del 23???

Porque hay jurisprudencia que admite que si se puede probar que si tenian conocimiento del mismo...(por otro medio, que hay que probarlo por cierto) y la despiden...se podría pelear el tema...

Confirmame estas preguntas...a ver que se puede hacer... :roll:





Gracias Ishtar! resulta que ella manifestó delante de testigos el día 23 que estaba embarazada y que haría llegar la notificación (tiene certificado médico del día 23). el correo probará que la carta documento de ellos del día 23 recién llegó el 31 (es cierto). No dierorn preaviso (por ende el despido recién se debiera haber efectivizado 15 días después del día que notifican despido. (hay algo que no se puede contar por falta de prueba: el 23 una jefa la llevó al baño, le hizo "la prueba", dió positivo, y la mandó a su casa). En fin, sin perjuicio de todo esto, creo que hay "un caso" y que se podrá negociar o en el peor de los casos recurrir a la justicia. Muchas Gracias Ishtar!

 #41007  por jimena
 
Estas complicado con la prueba, porque son empleados que estan trabajando, ninguno te va a querer salir de testigo y en todo caso no creo que digan que sabian.

Es una lastima que no haya notificado por escrito. Si bien se admite toda prueba, la que tenes va a ser dificil que te den una mano. Y si el despido salio el 23... te van a decir que la decision fue anterior. Ademas el certificado médico tambien es del 23.

Y el tema del preaviso, no es relevante en este caso. Aca tenes q demostrar que la echaron por estar embarazada y esa carga de la prueba es tuya. Salvo que tengas testigos que no esten trabajando mas...

Te conviene llegar si ellos acceden a un arreglo, pq te va a ser dificil probarlo en juicio.

 #41061  por Ishtar
 
Hola, coincido con lo que está aportando Jimena...si los testigos son los empleados ...tendrian que admitar que se enteraron el 23 y que fueron y se lo comentaron inmediatamente a sus patrones quienes ese mismo día la despidieron... a mi modo de ver dependerías prácticamente de la prueba testimonial....y como bien dice Jimena, sería difícil....pensalo bien...si pierde el jucio corre el riesgo de que le carguen con las costas.
Si fuera mio en una de esas intentaría hacer primero la denuncia en sede administrativa, en una de esas ofrecen un arreglo...

 #41089  por corsan
 
Jimena, Tordo, Ishtar ! muchas gracias por la ayuda! les cuento que ya estamos "negociando" y "parecería" que estamos bastante cerca de un acuerdo. Vds. me ayudaron mucho y otra vez muchas gracias!

 #41096  por jimena
 
corsan escribió:Jimena, Tordo, Ishtar ! muchas gracias por la ayuda! les cuento que ya estamos "negociando" y "parecería" que estamos bastante cerca de un acuerdo. Vds. me ayudaron mucho y otra vez muchas gracias!
Espero que tengas suerte!