BUENAS TARDES, ESTOY EMPEZANDO A TRABAJAR SOLA, Y TENGO UNA CLIENTA A LA QUE LE TENGO QUE RECLAMAR DAÑO MORAL, O DAÑO PSICOLOGICO. eSTA CON TRATAMIENTO PSIQUIATRICO POR EL ACOSO LABORAL. LA DUDA QUE TENGO ES SI TENGO QUE PEDIR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 39 DE LA LRT O NO TIENE NADA QUE VER, PERDON, PERO LEI UNOS FALLOS QUE ME CONFUNDIERON
MIL GRACIAS
MIL GRACIAS