Buenas... son dos preguntas una referida a la prescripcion de 2 años y otra a la acumulación del 9 y 10.
Prescripcion
En el caso de una relación no registrada o parcialmente registrada de por ejemplo 10 años de antiguedad (sea tanto el art.8 ó 9 ó 10) para la base de calculo tomo los 10 años o por la prescripción solo los 2 ultimos???
O la prescripcion en este caso de las multas es solo referido a que me dan 2 años para reclamarlas desde la intimación del art.11???
Acumulación del Art. 9 y 10.
Ejemplo:
Ingrese el 1/1/2000 y me pagaban 1000 en negro
Me registran el 1/1/2001 me pagan 1000 en blanco y 500 en negro fijo por un año...
me despiden el 1/1/2002
las multas serían:
- Art.9: El 25% de 13 sueldos x $1000 (que es desde 1/1/2000 al 1/1/2001)
- Art.10: El 25% de 13 sueldos x $500 -que es la parte en negro- (desde 1/1/2001 al 1/1/2002)
Es asi?????????????
Gracias.
Prescripcion
En el caso de una relación no registrada o parcialmente registrada de por ejemplo 10 años de antiguedad (sea tanto el art.8 ó 9 ó 10) para la base de calculo tomo los 10 años o por la prescripción solo los 2 ultimos???
O la prescripcion en este caso de las multas es solo referido a que me dan 2 años para reclamarlas desde la intimación del art.11???
Acumulación del Art. 9 y 10.
Ejemplo:
Ingrese el 1/1/2000 y me pagaban 1000 en negro
Me registran el 1/1/2001 me pagan 1000 en blanco y 500 en negro fijo por un año...
me despiden el 1/1/2002
las multas serían:
- Art.9: El 25% de 13 sueldos x $1000 (que es desde 1/1/2000 al 1/1/2001)
- Art.10: El 25% de 13 sueldos x $500 -que es la parte en negro- (desde 1/1/2001 al 1/1/2002)
Es asi?????????????
Gracias.
Si naciera de nuevo me llamaría Alexis Nexis