Los años que compres le van a servir para alcanzar el derecho jubilatorio pero no le suma en el haber para la antiguedad, si el beneficio lo obtiene por aportes como agente municipal, lo mas probable es que se retire percibiendo el anticipo jubilatorio, con lo que estaria percibiendo hoy dia un 60% del haber base para el beneficio previsional por un periodo no menor al año, año y medio; esto es lo habitual por parte de las municipalidades al momento de iniciar el tramite ante el organismo previsional. Si en cambio opta - a eleccion de parte - por un cierre de computos estaria en la relacion laboral por un periodo no menor a los dos años, percibiendo el correspondiente retroactivo a la fecha de cese, sin alterar el salario habitual como agente del municipio, percibiendo los aumentos correspondientes, las asignaciones del caso y el SAC. Si trabaja los cuatro años que le faltan al cumplir con el requisito de de la edad, completando los 35 años de servicios estaria percibiendo un haber mayor por ser la carrera pura, en este caso tendrias un haber del 75% de jubilacion ordinaria.