Hola a todos !
estoy un poco mareada con respecto a las fecha de antiguedad.
Si una empresa desvincula a una persona y esa persona al recibir la liquidicacion se da cuenta de que la fecha de antiguedad de su recibo de sueldo es posterior a la real.... se puede intimar a la empresa a regularizar la fecha real de ingreso y la indemnizacion una vez finalizada la relacion laboral??? (es decir una vez que el empleado recibio el telegrama de despido)....o no se puede hacer nada??
Mi abogado me dijo que si se puede, pero trate de informarme al respecto leyendo en este foro y segun la ley 24.013 , decreto 2725/91 Art 3.... dice que no se puede una vez finalizada la relacion laboral....pero quizas en mi ignorancia lo estoy malentendiendo.
Gracias !
estoy un poco mareada con respecto a las fecha de antiguedad.
Si una empresa desvincula a una persona y esa persona al recibir la liquidicacion se da cuenta de que la fecha de antiguedad de su recibo de sueldo es posterior a la real.... se puede intimar a la empresa a regularizar la fecha real de ingreso y la indemnizacion una vez finalizada la relacion laboral??? (es decir una vez que el empleado recibio el telegrama de despido)....o no se puede hacer nada??
Mi abogado me dijo que si se puede, pero trate de informarme al respecto leyendo en este foro y segun la ley 24.013 , decreto 2725/91 Art 3.... dice que no se puede una vez finalizada la relacion laboral....pero quizas en mi ignorancia lo estoy malentendiendo.
Gracias !