Hola foristas, tengo una duda,
a una clienta le fallecio el marido en un accidente laboral. El Sr. no tenia aportes al dia!!!!!!!!!!!!!!!!!
Nacio el 27/06/56 fallecio el 22/2/2010 a los 53 y por sistema el ultimo de los aportes es de 05/2009
Tiene reconocidos por sistema casi toda la historia laboral pero con algunos blancos en alguno que otro mes.
Mi duda es la siguiente, que hago? inicio la pension directamente como aportante irregular usando los servicios del sistema? o
mando telegrama a todos los lugares que trabajo y pido las certificaciones de servicio??
el problema es que mi clienta tiene dos chicos chiquitos y necesita que le salga lo antes posible y tampoco puedo esperar mucho porque el decreto 460/99 dice que
"El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común, o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales. "
Mi miedo es esperar las certificaciones y dada la fecha del ultimo aporte perder el derecho
que me aconsejan?????
Gracias
a una clienta le fallecio el marido en un accidente laboral. El Sr. no tenia aportes al dia!!!!!!!!!!!!!!!!!
Nacio el 27/06/56 fallecio el 22/2/2010 a los 53 y por sistema el ultimo de los aportes es de 05/2009
Tiene reconocidos por sistema casi toda la historia laboral pero con algunos blancos en alguno que otro mes.
Mi duda es la siguiente, que hago? inicio la pension directamente como aportante irregular usando los servicios del sistema? o
mando telegrama a todos los lugares que trabajo y pido las certificaciones de servicio??
el problema es que mi clienta tiene dos chicos chiquitos y necesita que le salga lo antes posible y tampoco puedo esperar mucho porque el decreto 460/99 dice que
"El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común, o diferencial en que se encuentre incluido para acceder a las prestaciones PBU-PC-PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales. "
Mi miedo es esperar las certificaciones y dada la fecha del ultimo aporte perder el derecho
que me aconsejan?????
Gracias
