Hola gente les comento: mi cliente, el trabajador, trabajaba en un call center que prestaba servicios para un banco. Es despedido con invocación de causa. Resulta que pedi SECLO requiriendo a la empresa del call center, se cerro sin acuerdo. Estoy pensando si el banco tendria responsabilidad solidaria en los terminos del Art. 30 de la LCT, mi duda pasa por como hago para traer al banco, hago intercambio telgrafico? pido reapertura ante la misma conciliadora o sorteo un nuevo SECLO?
Hola!!!
Te conviene citar al banco. Pedis la reapertura a los efectos de ampliar la accion contra el banco.
Seguramente logres obtener mejores resultados, ya que el call center pondrá mayor enfasis (en caso de contar con razones validas de reclamo), al momento de intentar negociar.
Mucha suerte