gente del foro:
tengo un divorcio art. 214 inc 2do, esto es: separación personal durante más de 3 años sin voluntad de unirse. el tema es q hace como 35 años que están separados, estando el último dom. conyugal en la ciudad de Lanús. Mi cliente hace años que reside a cientos de km de Lanús. Entonces, hay alguna forma de escapar de la competencia del juez de Lanús y litigar en el dom. de mi cliente?? Sé que está la opción del accionante, de demandar ante el juez del dom. del demandado también, pero por lo q nos dijo la cliente debe seguir viviendo allá. Pero la idea sería traer el juicio acá. Quizás alguien conoce alguna jurisprudencia que habilite la competencia del juez demandante para estos casos.
Saludos y dsd ya gracias por su tiempO!
tengo un divorcio art. 214 inc 2do, esto es: separación personal durante más de 3 años sin voluntad de unirse. el tema es q hace como 35 años que están separados, estando el último dom. conyugal en la ciudad de Lanús. Mi cliente hace años que reside a cientos de km de Lanús. Entonces, hay alguna forma de escapar de la competencia del juez de Lanús y litigar en el dom. de mi cliente?? Sé que está la opción del accionante, de demandar ante el juez del dom. del demandado también, pero por lo q nos dijo la cliente debe seguir viviendo allá. Pero la idea sería traer el juicio acá. Quizás alguien conoce alguna jurisprudencia que habilite la competencia del juez demandante para estos casos.
Saludos y dsd ya gracias por su tiempO!