Hola a todos, es la primera vez que uso el foro y ademas soy media nueva en el tema. Quisiera saber si me pueden aclarar la siguiente duda,
si me rechazan el tramite en Anses con turno ley 24476, despues hay que pagar la segunda cuota? la nueva liquidacion se puede mandar por internet y evitar asi un nuevo turno? gracias a todos los que me puedan aclarar estos puntos.
si me rechazan el tramite en Anses con turno ley 24476, despues hay que pagar la segunda cuota? la nueva liquidacion se puede mandar por internet y evitar asi un nuevo turno? gracias a todos los que me puedan aclarar estos puntos.