El Dr.Alonso, la tiene con promover causa penal. Ya le he contestado, varias veces, que los jueces, en lo criminal, nunca resuelven nada al respecto y, seguramente lo es, por cuanto, además de desconocer los conceptos, desde el punto de vista del derecho civil, de posesión y tenencia, nunca, se convencen de que haya existido violencia o clandestinidad, en los términos del art. 181 del Código Penal.
Atte. Legales.com