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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1482124  por Miguel0987
 
Estimados buenos dìas, mi consulta es que puedo hacer? si un empleador me da vueltas porque no acepta la desvinculación de Mi Cliente por el Art. de referencia, dado que la comisión médica le dio el 75% de incapacidad. laboral, y en base a esto no me da el cese, para que pueda comenzar a cobrar en anses. gracias desde ya.
 #1482150  por ClaudioFer
 
Entiendo que el cese en este caso, o sea, la extinción del contrato de trabajo por incapacidad absoluta y definitiva es automática, con lo cual demostrado ese extremo el empleador ya es deudor de la indemnización del art. 212, 4° párrafo, de la LCT, razón por la cual estás habilitado a reclamar su pago y la baja correspondiente (interpelación fehacientemente mediante), si no lo has hecho aun, y en caso de negativa seguir el trámite ordinario para perseguir su cobro como con cualquier otra indemnización (paso previo por la instancia conciliatoria dependiendo de la jurisdicción de que se trate) porque el vínculo laboral, lo quiera o no, ya está disuelto. Con respecto a la tramitación del retiro por invalidez ante el ANSES deberías consultarlo en el foro de previsional.
 #1482172  por Miguel0987
 
Gracias ClaudioFer por contestar, una consulta mas, si al dar la baja en ARCA el empleador pone codigo 21(renuncia) y no 23 (Corresponde causal), esto me perjudica para reclamar luego indemnizacion? si se envio debidamente el telegrama de desvinculacion por retiro por invalidez? gracias