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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1483282  por lex30
 
Hola, me vino a ver una sra que le denegaron la pension manifestando en la resolucion que estaria prescripto por el art 82 de la ley 18037 (el causante es irregular con derecho, estaban casados no separados ni divorciados, pro ingresa la pension 14 años despues del fallecimiento por ignorancia :roll: me dice que cuando consulto antes en anses no le explicaron bien ). A mi criterio reune los requisitos y esa noirma quedo derogada con la 24241, alguien me orienta con esto? :roll: :roll:
 #1483283  por lucky
 
Nooo, le dijeron cualquier cosa (que es lo más probable) o ella no entendió.
No prescribe el derecho a pedir la pensión. Lo que prescribe es el retroactivo (1 año para atrás desde la fecha de inicio, en el caso de que hubiese transcurrido más de un año desde el fallecimiento).
Hay gente obteniendo pensiones después de 15 o 20 años del fallecimiento del causante.