hola, me gustaria que alguien me corrija si mi IDEA no es LA correcto. el empleado es despedido, y Él esta de acuerdo, se quiere ir, el empleador le informa por carta doc que tiene a disposición del trabajador la liquidacion y certificación etc. el trabajador cobra liquidación, con la que estuvo conforme, pero no le entregan la certificación, aportes etc. lo reclama telefonicamente y le dicen que aun no lo tiene, a los dos meses va y le dicen que no lo tiene. desde que se dió por terminada la relacion laboral a pasado practicamente 8 meses. Reclamo por telegrama por 2 dias hábiles a la entrega, los 30 días han pasado, jaja. bajo apercibiento de iniciar acciones legales por multa del 80,? en caso de ser entregada la misma, cotejo datos de certif con anses y demás y reclamo por deficiencia en aportes? y en caso de no ser entregados, inicio acción judicial por multa, estamos en prov y Ministerio no es obligatorio y no hay Seclo, de modo que correspondería via judicial? y en el caso de ser abonada la indemnizacion ya sea judicialmente o por conciliación (arreglo) igualmente el empleador debe cumplir con la confección de los certificados etc.? Gracias por una corrección jeje
BESOSS TOTALES
