Estuve pensando sobre este tema, y por un lado la sucesion es de la persona y no de la cosa y por lo tanto hipoteticamente podria presentarse si se creyese con derecho sobre la sucesión de la persona, porque la sentencia dice declarase heredero universal del difunto a los fulanos de tal, y no menciona las cosas (generalmente), pero todo depende de la interpretación del juzgado.-
En Síntesis, considero que si se presenta, en su primera oportunidad, invoque la vocacion hereditaria y deje expresa constancia que es poseedor con animus dominus de un inmueble individualizado de la siguiente manera....... y que no reconoce en otro la propiedad, y que por lo tanto no debe rendir canon locativo sobre el citado inmueble, que ha introducido un sin de mejoras entre los años 1980 a 2004, y algunas de ellas se detallan a continuación XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, bajo la dirección técnica del arquitecto xxxxxx, que tales servicios estan a su nombre, que ud. y solamente ha ejercido la posesión, la conservación y mantenimiento sobre el citado inmueble como se acredita con los comprobantes de pago de luz, agua, reparación de instalación electrica, pago de impuestos municipales, construcción de garage, etc
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