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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #397118  por andrea1982
 
Estimado lakabra:
Desconozco si sos abogado y desde cuanto conocés la 17.040, pero basta con fijarse en el foro, en la parte de honorarios que muchos desconocen la misma ley de honorarios y podrás imaginarte que muchos menos conocen la 17.040. Yo cursé seg. social y nunca me la nombraron.
Por más que el C.C. cree la ficción de que todos conocemos el derecho, eso no es una realidad, así que a cualquiera le puede pasar que no conozca dicha ley, y menos aún imagine que cobrando de más está cometiendo un delito.
Y hablando concretamente de la 17.040, recordarás que es una ley de orden público, o sea que no prevalece la voluntad de las partes, por tanto, no podrías pactar con tu cliente honorarios que excedan lo que dice la ley y no creo que tampoco la costumbre de un lugar pueda reformarla.
El forista pregunta "cuanto cobrar", no sabemos si conoce la ley, si la desconoce, si pregunta sobre su interpretación o qué necesita saber. Me parece más correcto decir "la ley establece X cosa, yo cobro Y, por el motivo Z", y no decir "yo cobro Z".
El art. 5 establece que es un delito cobrar de más, entonces, si el forista desconoce la ley, puede llegar a meterse en un lio. Y si creés que eso no pasa, te cuento que el año pasado metimos denuncias (cuando cursabamos consultorio juridico) en el tribunal de ética y en la fiscalía por incumplimiento de la 17.040.

Saludos
Andrea
 #397126  por andrea1982
 
diego79 escribió:Hola. Yo se, como todos los que hacemos previsión, que no debemos cobrar mas de dos haberes, pero ahora yo les hago una pregunta a ver que opinan uds... Para el caso de una pensión directa (me llego un mail para cobrar mi clienta $11.000) a ustedes no les parece que ante tanto dinero que reciben gracias a nosotros que en muchas ocasiones tanto luchamos ante la ANSES, LA CARSS o los jueces de turno para que nos otorguen un beneficio, para que al final nos quedemos con la suma de $1.550 (o $1600 segun el redondeo) que es lo que corresponde a los dos haberes? Me gustaria saber vuestras opiniones...

Diego79, 2 haberes es el máximo por el trámite adm.,si fuiste a la justicia te regulan los honorarios que corresponden.

Los recursos, aunque no está contemplado en la ley, por lo que sé normalmente se cobra un haber más.
 #397133  por lakabra
 
andrea1982 escribió:Estimado lakabra:
Desconozco si sos abogado y desde cuanto conocés la 17.040, pero basta con fijarse en el foro, en la parte de honorarios que muchos desconocen la misma ley de honorarios y podrás imaginarte que muchos menos conocen la 17.040. Yo cursé seg. social y nunca me la nombraron.
Por más que el C.C. cree la ficción de que todos conocemos el derecho, eso no es una realidad, así que a cualquiera le puede pasar que no conozca dicha ley, y menos aún imagine que cobrando de más está cometiendo un delito.
Y hablando concretamente de la 17.040, recordarás que es una ley de orden público, o sea que no prevalece la voluntad de las partes, por tanto, no podrías pactar con tu cliente honorarios que excedan lo que dice la ley y no creo que tampoco la costumbre de un lugar pueda reformarla.
El forista pregunta "cuanto cobrar", no sabemos si conoce la ley, si la desconoce, si pregunta sobre su interpretación o qué necesita saber. Me parece más correcto decir "la ley establece X cosa, yo cobro Y, por el motivo Z", y no decir "yo cobro Z".
El art. 5 establece que es un delito cobrar de más, entonces, si el forista desconoce la ley, puede llegar a meterse en un lio. Y si creés que eso no pasa, te cuento que el año pasado metimos denuncias (cuando cursabamos consultorio juridico) en el tribunal de ética y en la fiscalía por incumplimiento de la 17.040.

Saludos
Andrea

Querida Andrea:

SI SOY ABOGADO, DESDE HACE 7 AÑOS Y NO PONGO MATRICULA PORQUE ESTE ES UN FORO PUBLICO, Y ME PARECE QUE ES UNA FALTA DE RESPETO QUE ARRANQUES TU COMENTARIO DICIENDO "DESCONOSCO SI SOS ABOGADO".

VOS PONES QUE SOS ESTUDIANTE Y ENTONCES TE TENGO QUE CREER PORQUE VOS SOS HONESTA...

ENTONCES PORQUE HAY QUE ACLARARTE QUE UNO ES ABOGADO, O MEJOR DICHO DESDE QUE LUGAR DUDAS???

TE ACLARO QUE YO TE PODRÍA DECIR QUE QUIZAS VOS ESTAS EJERCIENDO LA PROFESION SIN ESTAR HABILITADA, PERO PREFIERO PRESUMIR TU BUENA FE COMO ESTUDIANTE.

Saludos
 #397142  por estudiocm
 
Andrea creo que ya dejaste claro cual es el número de ley que el forista debe consultar. Pero me parece que deberías mantenerte al margen acerca de opinar sobre los honorarios que cobramos los abogados.
Creo que tu conocimiento en la materia es muy amplio, cosa que además de que debés de ser una gran estudiante no me cabe duda que si conocés la práctica tiene mucho que ver con la rama del derecho que ejerce tu mamá. Estoy segura de que si le consultás, siendo una persona como me consta por el reconocimiento que le profesan muchos de los colegas que participan en el foro, te va a decir que más allá de citar el ordenamiento jurídico, los profesionales NO opinamos sobre los honorarios de los demás profesionales.
Quizás cuando comiences a ejercer la profesión, (quiero creer como dice Lakabra que no lo hacés sin tener un título) cambies tu modo de ver las cosas.
Repito, es válido tu aporte en cuanto a qué ley debe consultar el forista que pregunta, pero me parece que está completamente de más que opines sobre lo que cobran los abogados.
Paula
 #397149  por andrea1982
 
Estimado Lakabra:


Creo que entendiste muy mal, y como tal creo deberte una explicación pública, en el foro entran gestores, estudiantes, contadores, abogados, etc., por tal razón desconozco si sos o no abogado y no creo que serlo o no serlo, o dudar a qué te dedicás sea una falta de respeto, tampoco me importa si lo sos o no, porque creo que un papelito cambie algo. Lo que digo es que si sos abogado, o estudiante de derecho, debés saber que Seg. Social no es materia obligatoria en todas las facultades (dado que no todos reconocen su autonomía) y por lo tanto la 17.040 no es una ley que manejen todos. En cambio, mal puede saber un gestor o un contador de lo que se dá en una facultad de Derecho.
No veo razón alguna para que me acuses de haberte faltado el respeto, quizás deberías leer con mayor atención o no buscarle la mala intención donde no la hay, yo también podría tomar con caracter ofensivo lo que acabás de escribir y decirte que sos un irrespetuoso, pero estoy segura que es solo producto de tu bronca, por lo que entendiste mal.


Saludos
Andrea
 #397161  por lakabra
 
Es sencillo, yo soy abogado y vos no.....

Y eso no te desmerece.

Esta claro que no entendiste nada de lo que se te dijo...

La vida y el trabajo duro, es mucho mas que saber de leyes....

Espero que los años (porque evidentemente sos muy chica) te ayuden a entender de que se trata....

Atentamente.
 #397164  por lakabra
 
Me olvidaba de algo...

El papelito al que te referis se llama diploma y es lo que tienen los abogados...

Otro papelito necesario para ejercer la profesion se llama credencial de abogado....

Atentamente
 #397171  por lakabra
 
platon escribió:QUERIA SABER CUANTO SE COBRA PARA UNA PENSION DERIVADA...CON TURNO.-

Y ASI MISMO CUANTO COBRARIA EL FUTURO PENSIONADO, TENIENDO EN CUENTA QUE LA CAUSANTE TENIA JUB. CON MORATORIA.-


MUCHAS GRACIAS.-

Platon, yo cobraría 2 haberes (en este caso).

Saludos
 #397178  por Amorina
 
Perdón que me meta, pero me parece que si hay una ley que dice el máximo, ese es el tope. Y al que le parezca poco, que haga un proyecto de ley y lo envíe al Congreso o plantee su inconstitucionalidad. Si las leyes no las respetamos los abogados, no esperemos milagros después. Digo...
 #397181  por andrea1982
 
Me parecen muy inteligentes ambas conclusiones, la de lakabra y amorina, para concluir de una vez el tema.
 #397214  por lakabra
 
andrea1982 escribió:Me parecen muy inteligentes ambas conclusiones, la de lakabra y amorina, para concluir de una vez el tema.
Muy bien, Muy bien Andrea.
 #397257  por diego79
 
yo creo que muchas veces cuando uno consulta algo con algun colega, no es que no se esté de acuerdo con la ley, sino que es para ver lo que opinan los otros, a ver si a los otros también les parece lo mismo que a uno o si lo ven distinto. Yo, en mi caso, pregunté si en función del retroactivo que viene en las pensiones directas, mis colegas veían la posiblidad de cobrar un plus, o algo mas, en virtud del beneficio que le estamos brindando a nuestra clienta, por ej. un 20% del retroactivo (en total, no dos haberes más el 20%), lo cual no quiere decir que lo haga (eso de cobrar mas) sino que pregunté a ver que es lo que hacian los otros, se entiende, no?
 #397298  por Amorina
 
diego79 escribió:yo creo que muchas veces cuando uno consulta algo con algun colega, no es que no se esté de acuerdo con la ley, sino que es para ver lo que opinan los otros, a ver si a los otros también les parece lo mismo que a uno o si lo ven distinto. Yo, en mi caso, pregunté si en función del retroactivo que viene en las pensiones directas, mis colegas veían la posiblidad de cobrar un plus, o algo mas, en virtud del beneficio que le estamos brindando a nuestra clienta, por ej. un 20% del retroactivo (en total, no dos haberes más el 20%), lo cual no quiere decir que lo haga (eso de cobrar mas) sino que pregunté a ver que es lo que hacian los otros, se entiende, no?
Nadie puso en tela de juicio tu consulta.
 #397327  por andrea1982
 
Diego79, no te preocupes que nadie te juzgo.
El tema de discusión creo que era otro.
No te hagas problema.
 #397661  por platon
 
Muchas gracias por sus respuestas...... cobrar dos o tres haberes es a criterio de cada profesional y considerando que nuestros honorarios tienen caracter alimentario.-

Para eso se ha estudiado 6 años..... eso es para algunos que tocan de oído y se llevan los laureles haciendoles presentar las carpetas a los clientes.- MI PREGUNTA ELLOS TIENEN ALGUNA LEY................................

HAY QUE HACERSE VALER.............suerte y muchas gracias COLEGAS.---------------------
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