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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #509013  por Laurabor07
 
periquita escribió:
Laurabor07 escribió:Ok mil gracias periquita!! Una preguntita mas: tengo que meter nuevo reclamo administrativo con el 82%? Porque ya lo había metido pero con fundamento en la 18037, o ya tengo agotada igual la via administrativa? gracias de nuevo ...
Tené en cuenta que muchos que se jubilaron con la 18037 y luego se acogieron a la 22955. ¿Viste el expediente?

No tenés agotada la vía administrativa. Podés volver a presentarte pero no dejes vencer el plazo para ir a la justicia
Ya pedi la vista del expte., la tengo para la semana que viene, pero una cosita no me quedo muy clara ... yo meti reclamo administrativo con la 18037, y ya me notificaron de la resolución, ese es el único plazo que está corriendo.
Ahora bien, si con ese reclamos adm. la via no está agotada por cuanto la ley correcta es la 22955, entonces tengo que meter otro reclamo admnistrativo según esta última ley, si? entonces, que plazo para ir a la justicia no tengo que dejar vencer? si este último reclamo no lo ingresé, y el de la 18037 está mal? mil gracias!!!!
 #509036  por periquita
 
Antes de seguir tendrías que hacer bien las cuentas para saber cómo le da más el haber y ver si le conviene el 82 % docente, porque si tenía pocas horas a lo mejor le da menos dinero.

Los plazos era para la nueva presentación. No hay problema
 #509626  por Laurabor07
 
ah bien, ahora entendí, perdón por la insistencia!! muchisimas gracias de nuevo.