Hola colegas! Cómo encuadro la adulteración de fecha de vencimiento de mercadería en el código penal? Muchas Gracias a los que me puedan ayudar, saludos. Ismael
Hola,
En una apretadísima síntesis, pienso que, si la adulteración supone un peligro para la salud, podría (lo escribo en potencial) ser típico del art. 200 CP, si es que estamos hablando de alimentos o medicamentos. Lo que habría que investigar es si el concepto de "substancia" incluye, aparte del contenido, su envase y el respectivo etiquetado o rotulado. Existen muchas normas emanadas del ANMAT, a través del INAL (alimentos), INAME (medicamentos) o Dirección de Tecnología Médica (dispositivos médicos), que reglamentan sobre el tema.
Ahora bien, si la adulteración no supone un peligro para la salud, o se tratan de mercancías que no son ni alimentos ni medicamentos, entonces podría ser típico de alguna especie de fraude art. 173, inc. 1º, CP.
Saludos.