Rovalant, oficiá a la empresa para qeu informen cuanto es lo que cobra de sueldo el deudor y ahi determinaràs si los descuentos estan bien o mal hechos. Recordá que si su sueldo no supera el doble del minimo vital y movil, la deduccion será del 10% y si lo superá será del 20%...
Respecto a la ampliación del embargo, podes pedirlo ofreciendo fianza sufieciente, aunque no creo que te lo ordenen ya que los Juzgados por lo gral. no ordenan dos embargos al mismo tiempo..
Entiendo que lo que deberias haber hecho es primero trabar embargo sobre bienes muebles, (supongamos que la deuda es de $ 20.000) y si en su inmueble que seguro alquila, hay 1 tv, y una heladera, por lo demàs podes pedir ampliacion y ahi hubiese ido contra el sueldo...
Otra cosa, fijate bien que dice el oficio de embargo qeu diligenciaste al call center, si dice trabar embargo sobre el sueldo o salario del sr........ hasta llegar a la suma de pesos...... tenes que pedir al juez que libre otro oficio informando que el embargo debe recaer SOBRE SUELDO Y DEMAS REMUNERACIONES INCLUIDAS LAS INDEMNIZATORIAS POR DISTRACTO LABORAL.. solo de esa manera si lo hechan podras cobrar el 20% de la indemnizacion, si no lo descuentan son responsables ellos.. tuve un caso similar con RENAULT..tuvo que responder con su patrimionio porque el contador se olvido de retener cuando lo despidieron..