Lo que a mí me resulta patético, -y espero haberlo puesto de relieve en este hilo mediante el frecuente recurso ab absurdo- es la manifiesta incapacidad de la sociedad rioplatense para resolver sus problemas en tanto comunidad de destino. Tal parecería que, como ya señalara Borges con su famosa frase lapidaria (que por ser muy dura yo aquí parafraseo), los argentinos son geniales para resolver sus problemas individuales, pero absolutamente inoperantes ante los problemas colectivos.
Pruebas al canto: una mujer, idiota o demente, -o no-, es violada. El Código Penal es claro: “si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”, el aborto practicado por un médico (única persona científicamente idónea en este caso) no deberá ser castigado (art. 86 CP). A nadie se le escapa que la redacción del código ha sido una obra maestra de la chambonada; porque ¿a quién se le puede ocurrir que con un simple atentado al pudor se pueda dejar embarazada a una mujer, por más idiota que sea…? Así que, si nos atenemos a la interpretación literal, no hay vuelta: la mujer violada tiene que ser idiota o demente, si no, no hay tu tía. Pero también es verdad que, si leemos pausadamente, parecería que hay que hacer un respiro después de la violación, de modo que se lea: “si el embarazo proviene de una violación…(pausa del lector)…o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente…” Pero no hay vuelta: no hay manera de embarazar a ninguna mujer con un simple acto impúdico. ¿Necesito explayarme acerca de lo que es necesario…? ¿No, verdad? Entonces, continuemos con mi línea de pensamiento.
A cualquiera que tenga un mínimo de sentido común (que no le haya sido hipotecado por ideologías teológicas) no se le escapa que a una mujer no le puede resultar nada más horroroso y repulsivo que tener que soportar en su vientre durante 9 meses el producto de una violación. Y ni hablemos de si, en una de ésas, hasta hay un legítimo esposo de por medio. Entonces, ¿qué es lo que hace una sociedad sensata? … Muy simple: por intermedio de la persona del magistrado, lleva a cabo una interpretación progresiva y teleológica de la norma. Y entonces pone la pausa, y resuelve. ¡Re-su-el-ve!
Pero si el magistrado no resuelve, o lo hace un año más tarde, la sociedad empieza a ponerse nerviosa. Se da cuenta de que algo acá no cierra. El río se revuelve, y “a río revuelto…”
Entonces aparece la viveza criolla, hecha para medrar en el desorden, el escapismo, y la incuria propias de estas pampas. Aparecen las “Guías…”, y el jueguito de los tres cubiletes y la bolita: la mano más rápida que el ojo, y ¡zas! “te metí la ley por la ventana”, como dijo otro forista.
¿Qué me solivianta más, la morosidad de la justicia para resolver bajo circunstancias claras y evidentes, la incompetencia del Poder Legislativo para afrontar los problemas de la época y gestar leyes acordes, o la “avivada” de los ultraprogresistas que pretenden hacerme tragar que la ley la hace un Ministerio (con lo cual, en cierto modo, nos toman a todos por tontos)? La verdad, es que no lo sé. Todo me disgusta por igual. Me siento inclinado a repetir la amarga conclusión de Borges.
Entonces, ¿cómo podemos cambiar esto…? Y bueno, en el corto plazo investigando con celeridad, y resolviendo el caso concreto con recurso a una interpretación teleológica y progresiva de la ley. En el mediano plazo, estudiando la real magnitud del problema de los embarazos no deseados, y realmente pasibles de resolución social. Porque, ¡ojo!, también me tiene un poco dudoso ese “mantra” reiteradamente recitado de los abortos provocados entre los más carenciados. ¿Realmente es así…? Si googlean el tema en internet, van a ver que hay algunos médicos forenses que, con estadísticas en la mano no opinan igual. Y después de todo, ¿no hay caminos preventivos alternativos…?
Ahora, si me preguntan qué votaría yo, hoy, a agosto del 2010, les tengo que responder que votaría una ley de despenalización universal del aborto que cumpliese con ciertos requisitos inexcusables, entre ellos:
-- Manifestación cierta y válida de voluntad de la gestante;
-- Constancia de entrevista previa por profesional idóneo en salud mental, a los fines de garantizar la plena libertad psicológica de la mujer;
-- Constancia de examen clínico previo, a fin de descartar factores de contraindicación operatoria;
-- La oferta optativa y NO vinculante de entrevista con asesor espiritual del credo de su elección;
-- Respeto del derecho de objeción de conciencia por parte del plantel médico y asistencial en general;
-- Operatividad, coordinación, y e-fi-ci-en-cia, sobre todo eee-fiii-ciennn-ciaaaa en todo el procedimiento.