Portal de Abogados

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 #633468  por Defensor
 
Hlws escribió:
mfer10 escribió:Perdón, pero no se a que vienen estos comentarios… Al parecer me perdí de algo.
Hlws: Por que decís que es la primera vez que ves a un particular “retando” a un colega??
No se si leíste, pero como le dije a Defensor, hace muy poquito me recibí y no tengo nada de practica… Es por eso que acudí a este foro solicitando ayuda.
No entiendo nada… Me gustaría que me lo aclares, si no es mucha molestia.
Gracias…
Saludos!
Si, el forista en cuestion es una persona que no es abogado, sin titulo, ni matricula y se dedica a asesorar a particulares a partir de un hecho del cual quedo sumamente dolido porque no quiso pagar a un letrado o concurrir a la defensoria de pobres y ausentes

Vos sos letrada, el te "reto" y vos lo aceptaste, de una persona inhabilitada en la profesion y desconocedora de todo lo que se relacione con ella, ya que no solo no puede asesorar como abogado que no es sino que encima lo hace mal, luego se lo corrige, y bueno insulta por sus frustraciones. Definitivamente esta desagradable persona se aprovecho de alguien que recien ingreso al Portal.
¿Y USTED ES ABOGADO?
¿DONDE ESTA SU MATRÍCULA?
 #633471  por Hlws
 
No se preocupe tanto por MIS MATRICULAS, y Ud. preocupese mas por su estado mental grave, se pregunta y constesta solo. Lo que mas nos hace reir a todos los colegas es aquello que cita (no hace falta entre nosotros sabemos por que nos reimos :mrgreen: )

A mi no me preocupa lo que un particular piense o que cite post de mil paginas. No contesta nada a lo que dije y si tanto le interesa y lo desvela le podria pasar las direcciones de las sucursales de mi estudio (previo llamado al 911 porque como es Ud. ve un abogado y al sentir tanto resentimiento por no haberlo sido es capaz de venir con un arma :lol: ).

Pobre hombre, hagase tratar.
 #633474  por Defensor
 
Hlws escribió: luego se lo corrige, y bueno insulta por sus frustraciones. .
A ver, antes de seguir diciendo estupideces y mentiras con opiniones subjetivas, donde esta el error en mi respuesta dada en este hilo, sos lamentable y te dices abogado.
Hlws escribió: Definitivamente esta desagradable persona
Sos un miserable, esa es tu opinión nada más que eso, yo no me aproveche de nadie, el que vos le des un sentido inadecuado a mis palabras es cosa tuya macho. Déjate de decir pavadas y argumenta de una vez por todas.

Y eso de que hay abogados es una boludes. ¿Donde está la Matrícula? Cualquiera puede decir que es abogado pero de ahí a que lo sea es otra historia.

Siempre está criticando pero a la hora de dar fundamentos basados en el ordenamiento jurídico vigente, deja bastante que desear. ¿Desde cuándo una opinión, es fundamento suficiente para demostrar una verdad? ¿Desde cuándo una opinión dicha por un abogado o supuesto, es una verdad irrefutable?

¿Este es un abogado?

A ver ¿Qué dice?

Conducta ética del Abogado

Abogacía y Derechos Humanos: Es consustancial al ejercicio de la abogacía la defensa de los Derechos Humanos, entendidos como la unidad inescindible de derechos civiles y políticos, y derechos económicos, sociales y culturales, conforme los contenidos de la Constitución Nacional, y de las declaraciones, cartas, pactos y tratados internacionales ratificados por la República Argentina.

El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesional. No solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medíos lícitos, la conducta moralmente censurable de jueces y colegas y denunciarla a las autoridades competentes o a los Colegios de Abogados.

Es deber primordial del abogado respetar y hacer respetar la ley y las autoridades legítimas.

El abogado debe cuidar su responsabilidad y hacer honor a la misma.

Observar fielmente la legislación que en su consecuencia se dicte.

Utilizar las reglas de derecho para la solución de todo conflicto.

Comportarse con lealtad, probidad y buena fe en el desempeño profesional.

Artículo 902. (código civil)

Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos.

TRATADOS INTERNACIONALES

Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están por naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternalmente los unos con los otros.

Los derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático.


En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática

Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.

Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás.

El cumplimiento del deber de cada uno es exigencia del derecho de todos. Derechos y deberes se integran correlativamente en toda actividad social y política del hombre. Si los derechos exaltan la libertad individual, los deberes expresan la dignidad de esa libertad.

Toda persona tiene el deber de convivir con las demás de manera que todas y cada una puedan formar y desenvolver integralmente su personalidad.

FALLO JUDICIAL

Si bien en el caso la conducta del abogado no constituye delito, no debe desconocerse que su conducta es reprochable desde el campo de la ética profesional, y mucho más reprochable atento que se trata de una persona cuyos estudios universitarios le exige mayor responsabilidad como contrapartida de sus más amplios y mayores conocimientos. La gravedad de la conducta del abogado -acusado- afecta el decoro y la ética profesional del ejercicio de la abogacía, máxime cuando esta profesión se encuentra íntimamente relacionada al valor justicia, dado el carácter de auxiliar de aquella y la asimilación del letrado al magistrado en cuanto al respeto y consideración que debe guardársele, lo que impone sin duda alguna el deber de actuar con el mismo decoro y respeto, encuadrando aquella conducta en la concepción amplia del decoro. http://www.portaldeabogados.com.ar/port ... stafa.html

En virtud de lo expuesto, CONCLUYO que HWS que es “CULPABLE”, los particulares “INOCENTES”, EXIMIDOS DE TODA CULPA Y CARGO.

FUNDAMENTACIÓN.

SI SIENDO “SUPUESTAMENTE ABOGADO” (LETRADO EN DERECHO), EN OTROS TERMINOS DEFENSOR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y TIENEN UNA CONDUCTA OPROBIOSA, EN CONSECUENCIA NO SE LE PUEDE EXIGIR A LOS PARTICULARES UNA ACTITUD DISTINTA EN UN ESPACIO DONDE REINA LA ANARQUÍA (LA LEY DE LA SELVA), DONDE CUALQUIERA SE TOMA EL TUPE DE DENIGRAR, INJURIAR E IRONIZAR SOBRE LA INTEGRIDAD DEL OTRO, VIOLANDO LOS DERECHOS MÁS BASICOS CONTENIDOS EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS. ESTA CLARO QUE DE SER ABOGADO ENTIENDASE PROFESIONAL DEL DERECHO JAMAS PODRÍA COMPORTARSE DE ESA MANERA.-

CASO CERRADO
 #633480  por Defensor
 
Hlws escribió: preocupese mas por su estado mental grave
Pobre hombre, hagase tratar.
Confirmado. Pseudo Abogado, ya que basa su opinión en consideraciones del orden subjetivo.
 #633819  por andrea1982
 
hlws sabe de psicologia, consultó en la wikipedia. En lo personal dudo que hlws o drperrito sea abogado, es un pobre tipo sin nada mejor que hacer que insultar, insultar e insultar... se ve que quedo afectado despues de no entrar en ARBA como maestranza.
Un abrazo
 #634878  por mfer10
 
Ok, gracias Hlws por aclararme la situación… Al parecer el conflicto entre ustedes no comenzó en este post, sino que viene de antes, por tal motivo no quiero opinar demasiado al respecto, simplemente voy a decirles lo que siento por que, lamentablemente, el problema que necesito resolver y por el cual ingrese a este portal, se ah desvirtuado como consecuencia del mentado inconveniente entre ustedes.
En principio quiero que sepas que en ningún momento sentí que Defensor me “retara” o se aprovechara de que soy nueva aquí, al margen de que no sea abogado creo que las respuestas que dio no estuvieron del todo equivocadas, solo se limito a transcribir art. Que hacen mención a la cuestión que eh planteado y a dar su opinión al respecto. De ahí en mas, el hecho de que tomemos en cuenta o no lo que sugieren las personas que forman parte de este foro corre por cuenta de cada uno de nosotros; a fin de cuentas supongo que la mayoría ingreso a este portal por el mismo motivo, que es buscar diferentes opiniones, lo cual no significa que sean útiles o correctas todas y cada una de ellas. Por tal motivo no me parece correcto juzgarlo de esa manera por el solo hecho de haberse equivocado alguna vez… Creo que cualquiera, independientemente de ser abogado o no, puede cometer errores.
Saludos.
 #655879  por carlospinerrecaborde
 
Estimado: no se preocupe ni pierda el tiempo en seguir contestando, pues no vale la pena ponerse a la altura de aquellos que demostrando poca capacidad y avergonzando la profesión se escudan tras el anonimato y aprovechan para desahogarse por sus frustraciones personales, destruyendo en ves de construir...y así está el País.

Por más desgraciada que sea la realidad de la Señorita abogada que originó esta polémica: ...

El locatario no requiere de autorización para realizar mejoras o reparaciones, cuando las mismas son para salvar la forma, la estructura, la solidez o el cimiento de la cosa.

Cundo se trata de salvar el uso o goce de la cosa locada, o el interés del locatario manifestado al momento de contratar, se requiere de autorización expresa del locador, pues la autorización tácita no sirve como prueba jurídica, y aunque en principio la autorización verbal se considera una manifestación expresa, al no estar escrita se dificulta al momento de demostrar que ella existió.

En el caso expuesto, si bien es innegable la urgencia del caso, para que el locatario tenga derechos para cobrarle al locador, debió existir autorización expresa e indicación de cuanto podía gastar el locatario, salvo que se demuestre que el locatario no tubo oportunidad de darle aviso al locador, pues la necesidad de reparación no admitía demora.
 #655884  por carlospinerrecaborde
 
Otro si digo:

Interpretar el Derecho no consiste en hacer que lo prescripto diga aquello que no dice.

Interpretar el Derecho consiste en verificar si lo enunciado por las normas o lo indicado por la interacción conjunta de ellas dicen algo más de lo manifestado a simple vista.

Atentamente
 #655977  por carlospinerrecaborde
 
VALE ACLARAR QUE:

La locataria en cuestión podría reclamar el reembolso de lo gastado por las reparaciones útiles y necesarias para el uso y el goce de la cosa, o la satisfacción del interés que manifestó al contratar, si la relación contractual se extingue de manera anticipada.

Para ello en el contrato no debe figurar que los posibles gastos hechos en carácter de reparación o mejoras sin autorización serán considerados cedidos a favor de la cosa locada;...tampoco debe figurar que en caso de efectuar reparaciones o mejoras sin autorización, perderá el derecho a hacer reclamo alguno y al respecto...cuestión dificil, hoy día...pero es posible que aquello no se establezca....por eso Defensor dice que la locataria tiene que hacer los reclamos correspondientes en tiempo y forma, como pedir las reparaciones correspondientes por los daños que la cosa sufra, afecte el uso, el goce o el interés del locatario.

La regla indica que el locador no responde por las reparaciones hechas sin previa autorización y en interés del locatario;... pero si el contrato finaliza de manera anticipada, aun sin responsabilidad del locador, este deberá compensar el gasto cuando en el contrato no se estableció que serían considerados los gastos hechos sin autorización como cedidos en favor de la cosa locada , o que el locatario carecería de derechos para ser indemnizado en caso de realizar mejoras o reparaciones sin autorización.

Artículo 1550. Resolviéndose la locación sin culpa del locador, no incumbe a éste pagar:
1. Las mejoras del artículo 1539, número 4, si estipuló que las mejoras habían de ceder a beneficio de la cosa arrendada, o de no poder el locatario exigir indemnizaciones por ellas;
2. Las mejoras que el locatario hizo, por haberse obligado a hacerlas, aunque no conste haber para ello recibido alguna cantidad u obtenido una baja en el precio de la locación;
3. Las mejoras voluntarias que no se obligó a pagar, aunque autorizase el locatario para hacerlas.
 #656191  por mfer10
 
Estimado Carlos, muchas gracias por tomarte la molestia de opinar en mi post, aun que lo curioso es que sugieras a los demas que no gasten su tiempo en contestar, ya que segun vos..." no vale la pena ponerse a la altura de aquellos que, demostrando poca capacidad y avergonzando la profesión se escudan tras el anonimato y aprovechan para desahogarse por sus frustraciones personales, destruyendo en ves de construir..." Y vos si lo hagas... De todos modos vale aclarar que de ningun modo me siento tocada por esto que escribis.
Ahora bien, vayamos a lo importante, a pesar de haber tenido algunos inconvenientes con la gente de la inmobiliaria, hemos llegado a un acuerdo, me reconocieron los gastos y me los estan descontando del importe de los alquileres... Por lo tanto me siento muy orgullosa de haber logrado el objetivo deseado, mediante una buena negociacion y gestion de mi parte.
Muchas gracias otra vez y... Saludos!