amiroyoma escribió:Les paso una consulta a ver si me pueden ayudar por favor:
Tengo el formulario 08 con firma certificada en un registro por transferencia hecha en el 2005.
El 15 de septiembre del 2006 inhiben al titular (AFIP hace la demanda por una deuda de seguridad social)
Julio 2010, pido la transferencia, me la rechazan en el registro x inhibido (o sea, pague todos los gastos y luego me entero de la inhibición) y me entero de la fecha en que se inicio la inhibición.
En la página del juzgado donde esta el juicio, el estado dice: PARALIZADO y en abril del 2011 el juez dice: PARALICENSE LAS ACTUACIONES ; Atento el tiempo transcurrido desde el último impulso procesal, paralícense las actuaciones.
y la secretaria respondio: En el día de la fecha di cumplimiento a lo ordenado precedentemente. Conste.
No obstante en mayo del 2011 pedi un informe de dominio y seguia inhibido.
¿Que hago ahora?
1) voy con los gastos q pague para la transferencia -que es lo que me servia para retirar la cedula verde si tenía todo en orden- y pido que hagan la transferencia diciendo que ya caduco la inhibición???
2) pido un informe de dominio denuevo? (ya pedi uno hace 4 meses y estaba inhibido).
Primera cuestión: Si la inscripción de la inhibición ha caducado, el Registro debería transferir. De lo contrario, tendrás que solicitar al Juzgado oficio para que ordene el levantamiento de la inhibición y así podras presentar la transferencia junto al levantamiento.
Segunda cuestión: Si has pagado los aranceles de la transferencia, debes tener en cuenta que estos caducan a los 90 días contados desde el pago, por lo tanto si ya se cumplio el plazo, al momento de insistir con la transferencia seguramente te cobraran nuevamente los aranceles.
Espero te haya servido la respuesta. Saludos.