Razonemos desde otros puntos de vista
Como dijo Margot no hay que mencionarlo, solo para evitar discusiones, nada mas, para sortear a algun iniciador o supervisor que quiera hacerle decir a la Ley lo que la Ley no dice.
He conocido muchos casos donde el titular peco en inicio por mal asesorado o por autogestion, diciendo que aparte de lo que presenta para la jubilacion Anses y que le sobra, tambien tiene unos pocos meses en alguna dependencia provincial, piso el palito, ipso facto, lo mandan a hacer un reco provincial y que vuelva cuando lo tenga para iniciar su tramite (1 año o mas, perdido)....
Pero volvamos al caso del abogado del post, que tendra que inmiscuirse Anses si el abogado hizo rancho aparte y aporto a su caja privada y para este caso no busca la reciprocidad ???? , no esta completando con profesionales, que diga que que fue albañil, ambulante o pintor si pone moratoria, si dice que es abogado le van a decir que en lugar de pagar monotributista no aportante correspondia autonomo abogado y pisa el palito de nuevo y ya esta contra las cuerdas por chapear mal.-
Esos aportes van a una caja cerrada obligatoria para los colegiados, provienen de un bono y de la regulacion de los honorarios en juicio completando o superando la tarifa de Caja, segun los años en la matricula para su jubilacion profesional cerrada si puede o compartida con otras instituciones .. si quiere.
No es el caso de una pensionada que se quiere jubilar ni de un militar con retiro efectivo que busca su jubi civil en periodos contemporaneos, ni de un provincial que junta esos aportes mas los de Anses, en estos ejemplos siempre el Estado ya sea porque es el mismo bolsillo el que paga, pagaria doble, en prorrata tempore con los provinciales a los que en teoria deberian girarle la participante a la otorgante, en la practica, esto ultimo no ocurre, pero los profesionales no, no corresponde si no se los invoca para completar, no causa perjuicio alguno a la Administracion, no se entera por cruce, ni debe enterarse, y si se entera y rechaza es inpugnable.
Un jubilado tiene Pami, no le gusta, tardan los turnos, entonces se paga una privada si le da el cuero y nadie debe decirle nada, no tiene dos obras sociales de listado, el razonamiento es exactamente el mismo.
Son atendibles todas las ponencias, aunque no estemos de acuerdo, el dicenso nos fortalece.-