Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PACTO DE CUOTA LITIS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #876429  por sergiosky
 
eso lo se pero me refiero si hay una etapa puntual donde deba presentarse el pacto para homologarse o puede presentarse en cualquier etapa, incluso en la de ejecucion de sentencia?. mi miedo es que si me saca del juicio luego tenga que ejecutarle lo que el cobre, el pacto se fijó en el 20% de lo que el perciba, yo lo que quiero es saber si ante un eventual incumplimiento de mi cliente de abonarme lo que me corresponde puedo trabar una inhibicion sobre la cuenta y pedir se separe el 20% que me corresponde a mi, por lo menos pedir inhibicion o indisponibilidad del 20% hasta que se aclare el tema de los honorarios.
digo eso porque si saca el 100% ¿como le ejecuto el 20%?, supongamos que no tiene mas nada que la indemnizacion. este tipo no tiene ni casa, ni auto ni trabajo.
es la plata que va a cobrar y nada mas, si no lo atajo de entrada quizas me quede sin mis honorarios.
 #876474  por Squonk
 
Es que si el pacto está ratificado y homologado como corresponde no tenés que ejecutarlo, dado que el juzgado va a retener las sumas correspondientes al mismo, pase lo que pase.
 #877891  por sergiosky
 
pero no esta aun homologado, el pacto lo celebré en el año 2006, se firmó y todo pero nunca lo lleve al juzgado a homologar.
lo que yo quiero saber es si un pacto celebrado antes de comenzarse la demanda puede ser homologado luego del dictado de sentencia.
se que no puede celebrarse uno posterior al dictado de sentencia debido a que pierde el alea, pero no es mi caso, yo lo celebré antes de iniciarse la demanda por el 20% de lo que pueda llegar a percibir, lo que esta pendiente es la homologacion. puedo presentarlo aun en la etapa de ejecucion de sentencia y pedir se cite a mi cliente a ratificar el pacto y se homologue? entiendo que no hay celebracion sino ratificacion de uno ya celebrado con anterioridad.
no se si los pactos tienen plazo para su homologacion.
 #878012  por Squonk
 
No, después de la sentencia los jueces no te lo homologan (aunque haya sido firmado con anterioridad) porque pierde el carácter aleatorio y ya no quedarían dudas sobre el resultado del juicio.
Existe alguna jurisprudencia en Capital que permitiría presentarlo para homologar luego de la sentencia, pero siempre y cuando ésta no se encuentre firme.
 #878100  por sergiosky
 
no entiendo la diferencia entre homologarlo antes del dictado de sentencia firme y homologarlo en forma posterior, respecto al alea lo que no se permite es celebrar un pacto con el resultado ya puesto, ej: se pacta el 20% del resultado obtenido en sentencia definitiva en fecha etc..., porque ahi ya hay un monto determinado. pero cuando yo lo celebré no habia un monto, ni se habia comenzado la demanda, lo que yo pido es la homologacion aunque sea tardia pero no se celebró posterior a la demanda sino antes de iniciarse.
no entiendo bien el fundamento porqué mi pacto ya perdería validez ya que la persona cuando lo vaya a ratificar bien puede decir que la fecha de celebracion y firma fue antes de iniciarse la demanda, por lo que el alea se encontraba en aquel entonces.
 #878293  por Squonk
 
Para mí el fundamento es simple. Se estaría vulnerando la norma que consagra el Art. 277 LCT. dado que esta norma pone un resguardo al evitar acuerdos extrajudiciales que puedan perjudicar al trabajador.
Por eso el pacto que se presenta después de la sentencia podría estar vulnerando dicha norma.
No vi jurisprudencia que no sea coincidente con declarar nulo el pacto presentado después de la sentencia.
 #881579  por sergiosky
 
lei varias veces el art. 277 LCT y sigo sin encontrar el fundamento, ahi lo que dice es que el pacto debe ser ratificado y homologado por el juez como paso previo al pago, no hay dudas respecto a este tema, pero en ningun momento dice que el pacto debe ser homologado ANTES del dictado de sentencia, no hay una plazo de caducidad para la presentacion del pacto, no surge de ninguna norma. entiendo que la homologacion es un requisito escencial para percibir el pago, no hace a la escencia del pacto en si, el pacto es un convenio que debe ser celebrado de buena fe y es ley para las partes, independientemente que se homologue o no... la homologacion es un requisito para percibir el dinero depositado, pues si es ratificado por el actor en que se estaria vulnerando sus derechos si él mismo esta reconociendo que fue celebrado antes de comenzarse la demanda donde el alea tenia plena eficacia?.
 #881600  por Squonk
 
Lamento no coincidir.
El art. 277 es claro. La jurisprudencia es prácticamente unánime.
Presentalo y veamos que sucede.
 #926422  por nuevito
 
El tema es que el pacto de cuota litis implica la existencia de un "alea" sobre la posibilidad de que prospere o no el reclamo.. una vez que hay sentencia ya existe una certeza sobre el resultado y por lo tanto implica que no hay ya cuestión aleatoria... de ahi que no lo homologan una vez que existe sentencia.
 #957743  por yobren
 
como termino el tema? hoy estoy con algo similar..
 #965917  por isadora
 
tengo un tema muy parecido ultimamente es muy comun, lleve un laboral hasta su sentencia, anterior a mi hubo otro abogado, como la empresa estaba en quiebra con la clienta entramos a verificar su credito, y al mes cambio de abogado, no habia homologado en sede laboral el convenio, por lo que leo veo que algunos estan de acuerdo en que no dice nada al respecto del momento en que se puede homologar, aunque otros dicen que no, me gustaria saber si podria invocar la cuestion en sede laboral y pedir la homolacion del convenio, si la citan no va ir ya que era la intencion, pero en la verificacion tiene un credito a cobrar que es el que yo le gane del laboral, pero sin el convenio homologado no puedo ejecutarla ni embargarla ni nada, que puedo hacer????? se les ocurre alguna cosa????? gcias
 #965940  por Squonk
 
isadora escribió:me gustaría saber si podría invocar la cuestión en sede laboral y pedir la homologación del convenio, si la citan no va ir ya que era la intención,
Podés invocar la cuestión en sede laboral pero no te van a homologar el pacto después de dictada la sentencia
isadora escribió:pero en la verificación tiene un crédito a cobrar que es el que yo le gane del laboral, pero sin el convenio homologado no puedo ejecutarla ni embargarla ni nada, que puedo hacer????? se les ocurre alguna cosa????? gcias
Si el pacto no se homologó es nulo.
Lo que te queda es embargar el crédito a cobrar por el monto de tus honorarios regulados en sede laboral
 #1033431  por Monymony
 
Podrias decir que paso finalmente, lo homologaron o no? Estoy con algo similar y me gustaria saber, gracias