periciascaligraficas escribió:Para poder subdividir un terreno tenes que contactarte con un Agrimensor.-
El mismo te informará en cuantas partes podés subdividirlo conforme al plan de ordenamiento territorial del lugar donde se encuentre el inmueble.-Luego te hará los planos y posteriormente tenés que ver a un escribano para que formalice la Escritura de Adjudicación por División de Condominio si el bien querés que sea repartido en varios titulares.-
Espero haber sido claro.-
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No es tan así. No se le puede decir que vaya primero a un agrimensor.
Si los condominos están de acuerdo en subdividir, lo primero que deben hacer es ir a un abogado y/o Escribano con Registro. Si los herederos no estan de acuerdo en subdividir y/o en la forma en que se realizará la subdivisión deberán ir a un abogado para que se inicie el juicio correspondiente. No hay que olvidarse que cuando se subdivide un terreno, el mismo queda afectado al regimen de la Propiedad Horizontal, hay partes privativas y comunes.
El agrimensor por más que haga la subdivisión y la inscriba en catastro, mientras que no se haya realizado e inscripto en el registro de la Propiedad inmueble el Reglamento de propiedad y administración, la subdivisión no sirve de nada. Un condómino pudo firmar la subdivisión realizada por el agrimensor, pero si no firmó el reglamento de propiedad y administración, la subdivisión no servirá de nada.