NUEVA LEY DE ALQUILERES.

El Senado de la Nación, la semana pasada, sancionó una nueva Ley de Alquileres, que significa una modificación al Código Civil y Comercial .-

La misma aún no se encuentra vigente, atento a que como conocemos, tiene que pasar para su  promulgación por el P.E.  ( art. 78/80 CN) quien tiene 10 días para ello. En caso de vencerse el plazo y no ser promulgada, esto se produce de hecho y se procede a su publicación en el Boletín Oficial.

De acuerdo al anteproyecto la ley no tendrá efecto retroactivo, sino que será aplicable a las nuevas contrataciones.

Esto lleva, según manifiesta el mercado inmobiliario a una situación de incertidumbre sobre si firmar o no el contrato de locación en este momento.-

En el Estudio las consultas abundan en particular de los locadores, que presienten que la nueva normativa, parece no favorecerlos. Contratos de 3 años, ajustes anuales, depósitos de un mes, por otro lado para los locatarios, mas exigencias en las garantías, blanqueo del contrato ante AFIP … incertidumbre hasta la publicación.

Por lo pronto coexistirán la nueva ley y el Decreto Presidencial 320 que prorrogó hasta el 30 de setiembre de 2020, todos los contratos vigentes, la posibilidad de prorrogar un contrato finalizado con el mismo precio y congelar el alquiler, pese a las actualizaciones, y luego devolver la deuda en cuotas sin interés a partir de octubre.

La experiencia nos muestra que tanto inquilinos como locadores  en muchos casos, prefieren pactar ahora las condiciones en los mejores términos aceptables para ambas partes, sabiendo que la nueva ley, no los afectará, pues como dijimos, no tendrá efectos retroactivos.-