La Ley 11.326 modifica la norma que creó el Registro de Deudores Alimentarios y veda el acceso a espectáculos con entrada paga y a salas de juego. Su aplicación será progresiva y depende de una reglamentación posterior.
El Poder Ejecutivo de Entre Ríos promulgó el 21 de octubre la Ley 11.326, que impide a los deudores alimentarios inscriptos en el registro provincial ingresar a eventos masivos y a casinos. La norma, que ya está vigente, fue sancionada por la Legislatura el 14 de octubre y se publicó en el Boletín Oficial N° 28.443.
Qué cambia con la Ley 11.326
La ley modifica la Ley 9.424, que había creado el Registro de Deudores Alimentarios en la provincia. A partir de esa reforma, quienes figuren como incumplidores tendrán vedado el acceso a:
- eventos culturales, deportivos y cualquier otra actividad que requiera el pago de una entrada;
- salas de juego y casinos de la provincia.
Los fundamentos de la iniciativa apuntan a visibilizar la responsabilidad parental y a evitar que quienes no pagan la cuota alimentaria destinen dinero a actividades recreativas, consideradas gastos superfluos. En términos más amplios, el texto busca reforzar las medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Quién controla y cómo se implementa
La puesta en marcha será progresiva y estará a cargo del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), o del organismo que lo reemplace, junto con las autoridades del Registro de Deudores Alimentarios.
La ley también fija obligaciones para otros actores:
- los municipios adheridos deberán informar a los organizadores de eventos sobre este requisito;
- los organizadores deberán solicitar el certificado registral correspondiente.
Aunque la norma rige, no establece fechas concretas para el inicio de los controles ni detalla los procedimientos técnicos. Esos aspectos quedarán definidos en una reglamentación posterior a cargo de los organismos intervinientes.
Firmas y autoría
La promulgación lleva la firma del gobernador Rogelio Frigerio y del ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso. Por la Legislatura intervinieron la presidenta de la Cámara de Senadores, Alicia Aluani, y el presidente de la Cámara de Diputados, Gustavo Hein, además de las autoridades legislativas Sara Folleto y Julia Garioni Orsuza.
Sobre el origen del proyecto, los medios no coinciden del todo: algunos lo atribuyen a la diputada Lorena Arrozogaray y otros a un grupo de legisladores integrado por Arrozogaray, Deccó, Moreno, Stratta y Seyler.
Un camino que otras jurisdicciones también exploran
La medida se suma a otras iniciativas en el país. En Neuquén existe un proyecto que prohíbe el ingreso a espectáculos pagos a personas inscriptas en registros de deudores alimentarios morosos y de violencia familiar o de género. La provincia de Buenos Aires, por su parte, actualizó su ley del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) para permitir la inscripción desde el primer incumplimiento y alcanzar a empleadores y acreedores. A nivel nacional, se propuso la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos.
Qué implica para los abogados
Para quienes litigan en derecho de familia en Entre Ríos, la ley suma una herramienta de presión indirecta para lograr el cumplimiento de la cuota alimentaria, que se articula con la inscripción en el registro. Conviene revisar, en cada caso, si el deudor está efectivamente inscripto y si el reclamo justifica pedir esa inscripción.
Quienes representan a progenitores incumplidores deberán considerar que regularizar la deuda pasa a tener consecuencias prácticas más amplias, ya que el certificado registral será exigible para acceder a espectáculos y casinos una vez que se reglamente el sistema.
También corresponde seguir la reglamentación y la adhesión de cada municipio, porque de eso dependerán los plazos de aplicación, los procedimientos y las posibles discusiones sobre el alcance de las restricciones. Los abogados que asesoran a organizadores de eventos y a salas de juego tendrán que prever cómo se canalizará la solicitud del certificado y qué responsabilidades implica no pedirlo.
