La Sala I de la Cámara Federal porteña tratará en una audiencia, convocada para el 24 de noviembre, las apelaciones contra los procesamientos que dictó el juez Daniel Rafecas por el atentado de 1994. Si los confirma, el expediente quedará en condiciones de avanzar hacia un juicio en ausencia.
La causa AMIA tendrá una instancia decisiva en las próximas semanas: la Sala I de la Cámara Federal porteña, con sede en Comodoro Py, revisará los procesamientos dictados en primera instancia contra ocho ciudadanos iraníes y libaneses. La audiencia fue convocada para el 24 de noviembre y los camaristas Mariano Llorens y Pablo Yadarola tendrán a su cargo la resolución.
Qué se va a revisar
El juez federal Daniel Rafecas había procesado a los acusados el 21 de septiembre, por su presunta participación en la organización y ejecución del ataque del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y cientos de heridos. Contra esa decisión apelaron la defensa oficial, la Fiscalía y las querellas, por lo que será la Cámara la que determine si el auto se sostiene.
Según los medios consultados, los procesados son:
- Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria.
- Ahmad Vahidi, exresponsable de la Fuerza Al Quds.
- Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en la Argentina.
- Ali Fallahijan, exministro de Inteligencia iraní.
- Alí Velayati, excanciller de Irán.
- Mohsen Rabbani, exconsejero cultural de la embajada iraní.
- Ahmad Asghari, agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.
- Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, identificado como integrante de Hezbollah.
Algunas versiones hablan de “ocho sospechosos” y otras precisan que son siete iraníes y un libanés; en cualquier caso, el listado que replican los medios suma ocho personas.
Las falta de mérito también están en discusión
El juez dispuso la falta de mérito respecto de otros dos investigados, Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. Según informó La Voz, el fiscal federal Sebastián Basso y una de las querellas cuestionaron esa decisión, de modo que el planteo podría ser parte del análisis de la Cámara.
La resolución de Rafecas, además, no se pronunció sobre el entonces líder supremo iraní Alí Jameneí, ni sobre el dirigente de Hezbolá Imad Mughniyeh ni sobre el libanés Ali Hussein Abdallah, porque los tres fallecieron.
Juicio en ausencia y lesa humanidad
Si la Cámara confirma los procesamientos, los ocho acusados quedarán en condiciones de ser enviados a juicio oral en ausencia. Esta modalidad fue incorporada a la legislación argentina en 2025, mediante la Ley 27.784, para ciertos delitos graves, entre ellos los vinculados con el terrorismo. En esta causa, el juicio en ausencia fue solicitado por Basso y aprobado por Rafecas, y esa decisión ya fue avalada tanto por la Cámara Federal como por la Cámara Federal de Casación Penal.
El expediente sostiene que el ataque a la mutual judía constituye un delito de lesa humanidad y, por lo tanto, es imprescriptible. La Casación Penal ya lo había calificado de ese modo en abril de 2024. Las actuaciones también sostienen que la planificación y ejecución del atentado se resolvió en agosto de 1993, en una reunión entre las máximas autoridades del régimen iraní y la cúpula de Hezbollah.
La Justicia argentina dio por probado, además, que el atentado fue coordinado con otro ataque contra la comunidad judía, cometido al día siguiente en Panamá, donde estalló un avión de línea y murieron sus tres tripulantes y 17 pasajeros, doce de ellos de la colectividad judía local. Cuatro días después, ambos hechos fueron reivindicados de forma conjunta por Hezbollah desde El Líbano, bajo la denominación de cobertura “Ansar Allah”.
Por otra parte, sobre la base del dictamen de la UFI AMIA, Rafecas dispuso dar intervención a la Corte Suprema por la posible conexidad con la causa por el atentado a la Embajada de Israel de 1992, que tramita en ese tribunal, ya que según la Fiscalía ambos hechos habrían sido ejecutados por Hezbollah.
Qué implica para los abogados
La audiencia del 24 de noviembre será el primer control de alzada sobre los procesamientos y marcará si la causa pasa a la etapa de elevación a juicio. Para quienes litigan en materia penal federal, el caso es un ejemplo de aplicación práctica del juicio en ausencia, un régimen reciente cuyo desarrollo en un expediente de esta magnitud será seguido de cerca.
- Conviene seguir qué estándar de prueba aplica la Cámara para confirmar procesamientos contra imputados que no están presentes ni sometidos a indagatoria personal.
- La calificación de lesa humanidad e imprescriptibilidad, ya validada por la Casación, condiciona las defensas basadas en el paso del tiempo.
- La eventual definición sobre las faltas de mérito y la intervención de la Corte Suprema por la conexidad con la causa de la Embajada de Israel pueden alterar el rumbo y los tiempos del expediente.
