La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó el monto actualizado del decomiso en la causa conocida como “Vialidad”, que asciende a casi 685 mil millones de pesos, afectando bienes de Cristina Kirchner y otros condenados.

En un fallo que marca un hito en la causa “Vialidad”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el 2 de julio de 2026 el monto actualizado del decomiso de bienes relacionados con la condena por administración fraudulenta. La decisión, adoptada en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, implica que el máximo tribunal desestimó los planteos de las defensas sin argumentar su decisión.

La causa se originó en el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) y culminó con la condena de Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y otros exfuncionarios de Santa Cruz. El delito imputado fue administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en el marco de 51 licitaciones de obra pública en la provincia patagónica.

La evolución del monto del decomiso

La condena inicial, dictada en diciembre de 2022, impuso a Cristina Kirchner una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En aquel momento, el monto del decomiso original se estableció en $84.835.227.378,04, aproximadamente 85 mil millones de pesos. Sin embargo, el TOF 2 había dispuesto que esta cifra se ajustaría una vez que la sentencia adquiriera firmeza, lo cual ocurrió en junio de 2025.

La Corte Suprema ratificó la actualización de este monto, que alcanzó la suma de $684.990.350.139,86, es decir, casi 685 mil millones de pesos. Esta actualización se realizó utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, cubriendo el período entre noviembre de 2022 y mayo de 2025. Es importante destacar que, si bien algunos medios mencionaron una cifra de US$ 645 millones, la actualización ratificada por la Corte se expresa en pesos argentinos.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti fueron los integrantes de la Corte Suprema que intervinieron en esta decisión. La desestimación de los recursos de las defensas bajo el artículo 280 del CPCCN significa que la Corte no entró en el análisis de los argumentos presentados, dejando firme la decisión de instancias inferiores respecto al monto.

Bienes afectados y la situación de los hijos de Kirchner

Entre los bienes afectados por el decomiso se mencionan 111 inmuebles vinculados directamente a la causa Vialidad. Adicionalmente, existe un segundo pedido fiscal para decomisar otros 141 inmuebles, 46 automóviles y más de US$5,6 millones en efectivo que fueron secuestrados de una caja de seguridad de Florencia Kirchner en el Banco Galicia.

Un punto central de controversia ha sido la inclusión de bienes de Máximo y Florencia Kirchner en el decomiso. Las defensas argumentaron que ellos no se encontraban entre los condenados en la causa. No obstante, tanto el TOF 2 como la Cámara Federal de Casación rechazaron este planteo. Su razonamiento se basó en que los fondos y bienes en cuestión eran parte del objeto del delito, independientemente de si fueron heredados posteriormente por los hijos de la expresidenta.

Las defensas de Cristina Kirchner y sus hijos acudieron a la Corte Suprema mediante un recurso de queja, luego de que la Cámara Federal de Casación rechazara su recurso extraordinario para impedir el remate de sus bienes. La decisión de la Cámara de Casación no fue unánime: fue firmada en mayoría por Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, con la disidencia parcial de Mariano Borinsky. Este último consideró que debía habilitarse parcialmente la revisión para algunos inmuebles adquiridos antes de 2004, y este voto disidente constituye el principal argumento de las defensas ante la Corte Suprema.

Es crucial señalar que, si bien la Corte Suprema dejó firme el monto del decomiso, aún restan resolver otros recursos relacionados con la ejecución de los bienes, incluyendo la cuestión específica de si pueden decomisarse los bienes de los hijos de Cristina Kirchner. Si la Corte finalmente rechaza todos los recursos pendientes, se permitiría avanzar con la ejecución patrimonial de la condena y el eventual remate virtual de los bienes.

Qué implica para los abogados

Para los profesionales del derecho, esta decisión de la Corte Suprema subraya la firmeza de los procesos de decomiso en casos de corrupción, especialmente cuando las condenas adquieren carácter de cosa juzgada. La ratificación del monto actualizado, utilizando índices de inflación, sienta un precedente sobre cómo se ajustarán las penas pecuniarias en el tiempo, asegurando que el valor del decomiso se mantenga relevante frente a la depreciación monetaria. La aplicación del artículo 280 del CPCCN por parte de la Corte, sin argumentación, refuerza la discrecionalidad del tribunal para limitar la revisión de recursos que considera improcedentes o de menor trascendencia institucional. Además, la discusión sobre el decomiso de bienes de herederos no condenados directamente, pero cuyos activos se originan en el objeto del delito, plantea desafíos interpretativos y estratégicos significativos en la defensa de este tipo de causas.