El gobierno pampeano, junto a entidades académicas y civiles, elevó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso extraordinario federal para impugnar la reforma de la Ley de Glaciares, tras el rechazo de una medida cautelar por parte de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca.
La provincia de La Pampa, en un esfuerzo conjunto con la Universidad Nacional de La Pampa (UNLPam), la Fundación Chadileuvú y la Asociación Civil Asamblea por los Ríos Pampeanos, ha llevado su reclamo contra la Ley de Glaciares N° 27.804 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El recurso extraordinario federal busca revertir el rechazo de una medida cautelar que pretendía suspender los efectos de la normativa, sancionada el 8 de abril de 2026.
El abogado patrocinante de la causa, Andrés Gil Domínguez, representa a las partes demandantes en esta instancia crucial. El objeto principal del reclamo es la revisión de la decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca, que el pasado 29 de septiembre de 2026, denegó el recurso de apelación presentado contra la negativa a conceder la medida cautelar.
El alcance de la medida cautelar solicitada
La medida cautelar solicitada por La Pampa y las organizaciones buscaba, en primer lugar, la suspensión inmediata de la aplicación de las modificaciones introducidas por la reforma de la Ley de Glaciares. El objetivo era mantener el statu quo hasta que la Justicia se expida sobre la validez constitucional de la ley. Como alternativa, se pidió que se impidieran autorizaciones e intervenciones que pudieran causar daños sobre los sistemas hídricos con incidencia directa en la provincia de La Pampa, especialmente en cuencas compartidas como la del río Colorado.
El argumento central de la provincia es que la reforma de la Ley de Glaciares reduce significativamente la protección de los glaciares y del ambiente periglacial. Estos ecosistemas son considerados esenciales para la conservación de reservas estratégicas de agua y para la regulación del abastecimiento de las cuencas hídricas, cuya alteración afectaría directamente a La Pampa.
Antecedentes y contexto de la disputa
La Pampa sostiene que los cambios en la Ley de Glaciares violan el principio constitucional de presupuestos mínimos ambientales, un pilar fundamental para la protección del medio ambiente en Argentina. La presentación ante la Corte Suprema se enmarca en un contexto de creciente preocupación por la protección ambiental y suma como antecedente un reciente fallo del máximo tribunal que repuso la vigencia de la Ley de Tierras, destacando la necesidad de una oportuna protección ambiental para evitar daños irreparables.
Algunos medios han señalado que la reforma de la Ley de Glaciares fue impulsada por el oficialismo libertario y sus aliados. Un medio específico indicó que la reforma establece que la protección de los glaciares dependerá, en parte, de evaluaciones sobre su “función hídrica efectiva”. Esta modificación, según la crítica, podría habilitar actividades como la minería o la explotación de hidrocarburos en áreas que previamente gozaban de una protección más estricta.
Cabe recordar que el 8 de mayo de 2026, el juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, había rechazado la medida cautelar solicitada por La Pampa, aunque admitió el trámite del amparo colectivo ambiental. Además, la ofensiva judicial contra la reforma de la Ley de Glaciares no es exclusiva de La Pampa; se ha sumado una demanda colectiva apoyada por más de un millón de firmas, presentada por Greenpeace, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) ante el Juzgado Federal de La Pampa.
Otro antecedente relevante es la medida cautelar dictada en abril de 2026 por la Justicia Federal de Río Gallegos, que suspendió los efectos de la reforma de la Ley 26.639 en Santa Cruz. Dicha resolución ordenó al Estado Nacional abstenerse de autorizar actividades industriales o extractivas que pudieran afectar áreas glaciares y periglaciares en esa provincia. La reforma de la Ley de Glaciares fue promulgada por el Gobierno nacional y delegó facultades de control a las provincias, lo que ha generado un debate sobre la interpretación y aplicación de la normativa.
Qué implica para los abogados
Para los abogados, este caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación representa un hito importante en el derecho ambiental argentino. La decisión del máximo tribunal sentará un precedente sobre la interpretación de los presupuestos mínimos ambientales y la protección de los recursos hídricos estratégicos. Los profesionales del derecho deberán seguir de cerca el desarrollo de esta causa, ya que podría redefinir los límites de la actividad extractiva en zonas de glaciares y periglaciares, así como el alcance de la autonomía provincial en la aplicación de normativas ambientales. Además, la discusión sobre la “función hídrica efectiva” de los glaciares introduce un nuevo campo de análisis técnico-legal que requerirá de una comprensión profunda de la hidrología y la glaciología para la argumentación jurídica.
